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PERDIDA DEL DERECHO AL 50% DE LA SOCIEDAD CONYUGAL POR MALA ADMINISTRACION DE LOS BIENES EN EL ESTADO DE MEXICO.

  • Consulta : 1773
  • Autor : Bethuel
  • Publicado : Viernes 02 de Enero de 2009 20:15 desde la IP: 201.137.103.234
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 427
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  • Autor
    Consulta

  • Bethuel
    ESTUDIANTE

     Buen dia, soy estudiante de derecho y mi pregunta es la siguiente: en el Estado de Mexico es procedente solicitar la perdida del 50% de la sociedad conyugal que le corresponda a uno de los conyuges, por mala administracion de los mismos? ya que de lo que he revisado en el codigo se menciona de manera muy somera, ademas ¿podria existir alguna confusion derivada de que en el D.F. tambien es procedente dicha prestacion pero con algun cambio en la legislacion?

    DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS ATODOS POR SU ATENCION.

     

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