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DIVORCIO

  • Consulta : 173842
  • Autor : magdazn25_NR
  • Publicado : Domingo 21 de Octubre de 2012 22:14 desde la IP: 189.154.21.209
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,489
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  • Autor
    Consulta

  • magdazn25_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Hola

    Tengo 7 años casada por vienes mancumunados,no tenemos hijos, la casa y el carro y algunos muebles los adquiri de soltera mi esposo en la actualidad me abandono hace 4 meses y no es la primera vez q lo hace ,tengo cartas del juez auxiliar del abandono de hogar con sus respectivos testigos lo que me preocupa es que el quiere la mitad siendo que yo no estoy dispuesta a darselo ya que el lo unico que me dio fue un refigerarador ,el pago de alimentacion,y pago de servicios; todo el resto lo he puesto yo, siempre he trabajado y me dejo con deudas de servicios y del carro y que no los iba a pagar porq el ya no vivia ahi siendo que era lo que dejo en deuda y no se que hacer siendo que soy su segundo matrimonio y tiene una casa que no se repartieron nada que supuestamente es de su  hijo de 18 años pero no hay nada legal .

     

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  • Autor
    Respuesta No: 289393

  • TYSON
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola bueno para empezar ya que tu esposo es el que ha reinsidido en dejarte varias veces por propia cuenta el pierde todos sus derechos tu no tienes obligacion de darle nada ya que todo lo que tu tienes lo adquiristes antes de casarte con el ya que lo unico que el te ha dado es un refrigerador en todo tu matrimonio dejaselo y habla de buena manera con el en caso de que no quiera consiliar con un acuerdo promueve el divercio en la dependencia que te corresponda 



  • Autor
    Respuesta No: 289407

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    haga caso omiso al forista TYSON, ya que su asesoría es errada, usted adquirió un régimen patrimonial se sociedad conyugal, se entiende que lo que usted adquirió antes de contraer la nupcia le perteneced a usted únicamente sin embargo todos los bienes ya sean muebles o inmuebles, que hayan adquirido a durante el matrimonio se entiende que dichos bienes estan sujetos  a su liquidación es decir a la reparticion del 50%, y estos bienes ante el tribunal tendrán que acreditar la propiedad de los mismos, es decir ya sea con facturas, titulos de propiedad, contratos, etc los bienes que no sean acreeditados no se consideraran para el procedimiento de la liquidación de dicha sociedad.

    En cuanto a su divorcio, usted puede promover ya sea el divorcio necesario invocando ya sea la causal de abandono del domicilio conyugal por mas de 6 meses sin causa justificada, o bien esperar un poco y demandar por la causal de separación por mas de un año, o en ultima instancia proponerle el divorcio por mutuo consentimiento.

    Estamos a sus ordenes.

     

    Lic. Francisco Ruiz

    Abogado en Materia Familiar



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