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INSTANCIA POSTERIOR A PROFECO

  • Consulta : 171285
  • Autor : saldrese
  • Publicado : Sábado 29 de Septiembre de 2012 15:58 desde la IP: 200.95.170.149
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,545
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  • Autor
    Consulta

  • saldrese
    ESTUDIANTE

    Hola estimados miembros de Mexico Legal:

     

    La consulta que pongo a su amable consideracion es la siguiente: ¿Cual seria una instancia posterior al proceso de queja y conciliacion en PROFECO?

    El asunto que la derivo, fue que una tienda departamental de cobertura nacional, pero con domicilio convencional en la ciudad de Mexico, esta incumpliendo a entregar el objeto con las caracteristicas que mostraba en su publicidad de su pagina web. El contrato de compra-venta fue celebrado de forma telefonica. Dado que la Ley Federal de Proteccion al Cosumidor en su articulo 42, dice: "Se debera obligar al proveedor que suministre la cosa tal como se publicito". Dado que la funcion de la PROFECO es llevar un proceso conciliatorio, temo que a la negativa del proveedor a entregar la cosa, la PROFECO se declare agotado el recurso de queja via la conciliacion, de ahi el origen de mi consulta. Otra consulta es tambien: ¿La instancia puede ser federal? Ya que debido el domicilio convencional del proveedor resultaria incoveniente para un servidor seguir un pleito legal en su jurisdiccion territorial.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 286994

  • saldrese
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

         Espero respuestas serias que aporten, favor de abtenerse de contestar improperios y cosas sin sentido.



  • Autor
    Respuesta No: 286998

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimado consultante Saldrese

    Mire, cuando “””-la  PROFECO se declare agotado el recurso de queja via la conciliación-“””, se dejan a salvo los derechos de las partes, y estas se hacen valer normalmente por la vía civil, y en caso de que exista por ahí algún delito, por razones obvias por la vía penal, todo depende de los antecedentes y medios de convicción involucrados

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE





  • Autor
    Respuesta No: 287043

  • pxndx517
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    SI LA PROFECO NO TE RESUELVE Y SE DECLARA INCONPETETE PUEDES DEMANDAR A LA EMPRESA X FRAUDE



  • Autor
    Respuesta No: 287045

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Al consultante Saldrese ya se le dieron opciones, y todo apunta a que no es eso lo que quiere oír.

    Caso muy común en este Foro

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 287056

  • saldrese
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

                              Estimado Rosen,

     

                               Agradesco mucho tu respuesta, aunque me planteaste que hay dos ramas por las cuales se puede entablar demanda o querella, asi como tambien una transcripcion de un articulo de la LFPC. Falto una respuesta en cuanto al fuero y en caso de ser comun, la jurisdiccion territorial que le corresponde ya que el demandante u ofendido dependiendo de la rama por la cual se proceda, es de una entidad federativa diferente al domicilio convencional del demandado, por ello mi planteamiento si podria en un momento dado hacerlo por la via federal. Tal vez mi mi pregunta no fue lo suficientemente explicita para la comprension de los lectores de este foro, pero hago nuevamente el plateamiento de manera extensa. Agradecere de antemano las respuestas que me den luz juridica al respecto.



  • Autor
    Respuesta No: 287062

  • Gloria Sosa
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Se puede poner la demanda, por fraude ya que con la publicidad fue engañosa, y no correspondia a la descripcion de la cosa real, y la demanda la puedes interponer en tu estado, por domicilio del demandante y que el juzgado gire el exhorto al domicilio de la empresa.





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