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DEMANDA POR PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 171037
  • Autor : pamelaindaa
  • Publicado : Miércoles 26 de Septiembre de 2012 20:09 desde la IP: 189.140.169.53
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,483
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  • Autor
    Consulta

  • pamelaindaa
    USUARIO REGISTRADO

    Hola que tal buenas tardes, quisiera saber que es la mejor opcion para mi caso. tengo 6 años viviendo con mi pareja no estamos casados y tenemos una hija de los dos y yo tengo otra de mi anterior pareja a la cual el registro con sus apellidos, hace ya bastante tiempo que el señor no trabaja hemos vivido en diferentes casas y siempre terminamos en casa de su mama porque el no puede hacerse cargo de la renta, actualmente no esta trabajando y hace poco me entere que esta saliendo con alguien mas lo cual no me sorprende porque ya sospechaba algo sobre eso, la cuestion es que ya no aguanto estar en casa de su madre y yo estoy apunto de quedarme sin trabajo por lo que pienso irme a vivir a casa de mi hermana en el estado de mexico y me recomendaron que antes de hacerlo levante un acta informativo explicando los motivos por los cuales me estoy saliendo de ahi para evitar una demanda por abandono de hogar y posteriormente vaya con el juez de lo familiar para solicitar la pension para las niñas, el y yo hasta ahora ya no tenemos una relacion de pareja puesto que el siempre ha manejado su vida como soltero y no me toma en cuenta para nada con decirles que el dia que iba a dar a luz prefirio irse con sus amigos siendo que le rogue no lo hiciera porque me sentia mal. en fin han sido muchas las cosas que han deteriorado la relacion y quisiera terminarla de la mejor manera y sin esentimientos siempre y cuando se haga cargo de sus responsabilidades asi que quisiera saber si lo que me recomendaron es lo correcto.

    muchas gracias de antemano

     

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  • Autor
    Respuesta No: 286575

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola

    no es necesario levantar el acta informativa.

    por las siguientes razones:

    1.- no estas casado con el

    2.- no viven en un domicilio propio, estan en calidad de arrimados.

    cito lo siguiente en apoyo a lo anterior:

    DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL CUANDO LOS CONYUGES VIVEN EN CALIDAD DE ARRIMADOS.

    Para configurar la causal de divorcio consistente en el abandono del hogar conyugal, se precisa desde luego la existencia del abandono del hogar, y éste no existe cuando los esposos viven en calidad de arrimados en el domicilio de los padres, de otros parientes o de terceras personas, en donde los cónyuges carecen de autoridad propia y libre disposición en el hogar, porque viven en casa ajena y carecen de hogar propio.

     

    te recomiendo salirte del domicilio de tu suegra , que vayas a vivir conb tu hermana y despues iniciar la demanda de pension alimenticia.

    saludos



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