- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PENSION POR ORFANDAD
- Consulta : 170774
- Autor : vale_g15_NR
- Publicado : Martes 25 de Septiembre de 2012 00:11 desde la IP: 187.156.41.201
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,492
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 25 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Nuevo León
Buen día
Escribo porque mi mama fallecio en julio del 2012 a los 50 años de edad y nos dejo a mi hermana de 16 años y a mi de 23 años(Sigo estudiando) , empece hacer el tramite de la pension y me cotizaron con las aseguradoras banorte, gnp y bancomer, me hicieron firmar por la cantidad de 960 pesos por las 2. Esto se puede modificar????? en 10 dias me entregan la hoja de resolucion pero segun yo essta mal. Puesto que el deuño del lugar donde trabajaba mi mama me copias de las cedulas de determinacion de cuotas IMSS y ganaba la siguiente cantidad diaria
2007= 100 pesos diarios
2008= 100 pesos diarios
2009=100 pesos diarios
2010=110 pesos diarios
2011= 350 pesos diarios
2012= 510 pesos diarios
Podrian ayudarme a calcular la pension yo se que es el 20% pero no se de que fechas o que se promedia exactamente, agradeceria mucho su ayuda puesto que mi hermana y yo dependiamos 100% de mi mama. tambien me gustaria que me ayudaran en caso de presentar inconformidad puesto que no se que procedimiento seguir.
Se los agradeceria infinitamente
que tengan buen dia!!!
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 286385
-
Fecha de respuesta: Martes 25 de Septiembre de 2012 13:44 2012-09-25 13:44 desde IP: 189.225.79.116
El cálculo por ley 97 para la pensión por orfandad es el 20% sobre la cantidad que hubiera correspondido por una pensión de invalidez.
La pensión de invalidez es el 35% del promedio salarial de cotización de las últimas 500 semanas (10 años) o las que tuviere.
Es decir, al promedio de salario de cotización se le saca el 35% y a esta cantidad el 20%. Y esa sería la pensión por cada una. A esta cantidad hay que aumentarle el 11% por decreto
Para un cálculo más exacto se necesitaría el salario promedio cuantificado por seguro.
Por otra parte, si tu condición es que también son huérfanas de padre ese 20% deberá ser 30%
No dices desde cuándo cotizaba tu mamá y durante cuánto tiempo, esto para ver la posibilidad de una pensión por ley 73. En caso de apegarse a esta ley, se te deben presentar las dos opciones para que elijas la más conveniente y en su caso se te indique las subcuentas que podrías retirar de su afore. Como sea si no estás de acuerdo con lo que te dan, inconfórmate, en la página del IMSS o directamente con ellos, te indican el procedimiento.
Este es un teléfono que pone a disposición el IMSS en su página para información y quejas puedes empezar por aquí.
018006232323
-
Autor