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PRUEBAS EN MATERIA CIVIL Y RECONVENCION

  • Consulta : 168195
  • Autor : lilirh19_NR
  • Publicado : Miércoles 05 de Septiembre de 2012 18:06 desde la IP: 187.204.53.217
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,611
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  • Autor
    Consulta

  • lilirh19_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    m pregunta es, si en un juicio de divorcio se paso el témino para ofrecimiento de pruebas, ya que se realizo la notificacion mediante boletín en el entendido que en el Estado de Jalisco no es notificacion personal se que ya no puede hacer nada pero podre impugnar, si interpuse una demanda reconvencional y no ha sido tomada en cuenta, para efectos de presentar alguna nulidad en el procedimiento

     

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  • Autor
    Respuesta No: 283669

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola

    Si no ofreciste pruebas en su momento procesal oportuno  , no hay nada que hacer.

    ahora, por que dices, que tu demanda reconvencional no ha sido tomada en cuenta ???

    saludos



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