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ARRENDAMIENTO VENCIDO

  • Consulta : 167190
  • Autor : Aldo12
  • Publicado : Martes 28 de Agosto de 2012 23:41 desde la IP: 189.173.192.163
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,487
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  • Autor
    Consulta

  • Aldo12
    USUARIO REGISTRADO

    Hola, de antemano muchas gracias por su ayuda. La situación es la siguiente: renté una casa habitación para uso de oficina,por el término de un año. Han transcurrido casi tres años después del vencimiento del contrato, el pago de las rentas están al corriente pero nunca se incrementó dicha renta. Los inquilinos pretenden que yo pague los gastos de mantenimiento como impermeabilización y reparación de goteras, en el contrato estipulé que el mantenimiento y conservación, así como la reposición, reparación o cambio que fuese necesario derivado del uso normal y racional del inmueble, correría a cargo del inquilino, y aclarando q la vivienda era nueva, nunca habitada y entregada en perfectas condiciones, y sin adeudos por servicios públicos. Puedo hacer valer esa clausula de mantenimiento aunque el contrato esté vencido? Puedo exigir sin mayores trámites que la vivienda sea desocupada? Incurro en alguna responsabilidad? Mil gracias por su apoyo!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 284324

  • abogado potosino
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en primer termino debes de avisarle a tu inquilino que es tu voluntad dar por termino el contrato de arrendamiento lo puedes hacer via judicial o extrajudicial (con 2 testigos o con un notario), para que dentro del termino de 2 meses contados a partir del aviso desocupe el inmueble. esto es necesario pues aun cuando en principio se establecio el plazo de un año como lo comentas se sigue rentando el inmueble lo que hace que opere lo que se denomina como tacita reconduccion y por lo tanto se vueve por tiempo indeterminado de ahi la razon del aviso.

    si dentro del plazo concedido no desocupa el inmueble, debes de entablar la demanda correspondiente en el que le solicitas al juez a) la declaracion judicial de terminacion de contrato de arrendamiento , asi como su desocupacion y entrega,  pago de rentas vencidas y demas prestaciones.

     respecto al pago de gastos de mantenimiento se debera estar a la voluntad de las partes a lo pactado en las clausulas del contrato  pues en efecto  legalmente corren a cargo del arrendatario  TODOS LOS GASTOS DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL INMUEBLE QUE SE DERIVEN DEL USO NORMAL Y RACIONAL,  y si en el transcurro del arrendamiento hubo la ncesedidad de  hacer determinadas reparaciones, era obligacion del arrendatario hacerlo de tu conocimiento para que estes en posbilidad  de hacer esas reparaciones  y en  caso de que  no lo hayas hecho es en donde si se puede incurrir en responsabilidad como arrendador



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