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LIC. MAXWEL SMART, AYUDA O CONSEJO

  • Consulta : 1662
  • Autor : fabrigag
  • Publicado : Martes 30 de Diciembre de 2008 16:41 desde la IP: 189.157.10.227
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,613
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  • Autor
    Consulta

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO

    Lic. Maxwlel Smart, espero pueda ayudarme o dar algún consejo, para a mi vez, poder ayudar a un buen amigo, la situación es la siguiente:

    Como le digo, tengo un buen amigo que desde hace aproximadamente 20 años vive en un departamento en la colonia Portales aquí en la Ciudad de México, paga $4,500.00 pesos de renta pero su casero le dá recibos por $800.00 pesos, ahora le quiere duplicar la renta pero mi amigo no acepta,  por lo que está previendo que le quiera jugar chueco, ha empezado a recibir los recibos con firmas diferentes a las habituales y cree que en un momento dado pueda argumentar la falta de pago para correrlo, mi amigo piensa que podría defenderse denunciando la evasión fiscal la cual desde mi punto de vista se tipifica y para probarlo cuenta con los estados de cuenta del banco, ya que desde siempre ha tenido el cuidado de pagarle con cheque nominativo, la consulta es: ¿en donde denuncia al casero?, el consejo es: ¿puede haber otra solución?, por su atención le doy las gracias anticipadas

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4321

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     fabrigag, el fuego con fuego...


    Primero, las defensas "oblicuas" como eso de andar suponiendo que las autoridades fiscales van a meterse a defender sus derechos, ni siquiera por causalidad funcionan.

    Lo que debe hacer es lo siguiente: No se enfrente a su adversario en  los términos que le quiera, sino utilice sus propias armas en su favor.... esto es muy fácil:

    Primero: Tiene recibos por $800.00, en lugar de $4,500.00... Sencillamente consigne mensualmente los $800.00, acompañando los recibos que ya tiene y aduciendo que su arrendador se niega a otorgarle recibos con los requisitos  a que se refiere el artículo 19 del CFF, ¿que podría argumentar su arrendador?.... ahí si, que no se le ocurra aducir que la renta era mayor y que daba recibos por menos... eso es utilizar las argucias del contrincante en propio favor.

    Por supuesto que su amigo algún día tendrá que entregar el inmueble... pero el tiempo que dure el juicio, la habrá salido casi regalado.

    Suerte.

    :)



  • Autor
    Respuesta No: 4330

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    fabrigag:

    Me abstuve de participar en esta consulta por respeto al buen colega Maxwel Smart, pero ya habiéndole dado su lugar, manifiesto que yo tengo una solución en algo parecida pero considero que mejor:

    ¿¡¿Y porqué el arrendatario ha de seguir pagando?!?

    En un caso similar que patrociné en el Distrito Federal, existía contrato con el beneficio de las "rentas congeladas" conforme al famoso decreto de la época de la Segunda Guerra Mundial, así que, consecuentemente, hice que mi cliente arrendatario dejara de pagar las rentas y que demandara por el pago de lo indebido, cuenta habida que la renta era mucho menor que la que estaba pagando.

    En el caso presente, es lo que el arrendatario (inquilino) puede hacer: demandar que el arrendador le devuelva todo lo que ha pagado en exceso de los ochocientos pesos mensuales ($ 3,700.00), acompañado de sus respectivos intereses al tipo legal y, aunque este tipo legal es irrisorio, le aseguro que el capital ya es una muy buena cantidad que supera los $ 3,700.00 x 12 = $ 44,400.00 moneda nacional, aclarando que esto es tan sólo popr un año, y que la demanda solamente puede abarcar diez años, por ser éste el término de la prescripción de la acción.

    Aunque en estos foros existen abogados que al parecer proporcionan sus correos yo números telefónicos con la finalidad de conseguir clientes, yo escribo bajo un pseudónimo y omito mi correo electrónico o datos que me identifiquen porque NUNCA concurro a este foro para conseguir clientes, sino que mis participaciones son para ayudar de manera altruista.



  • Autor
    Respuesta No: 4335

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Fe de erratas:


    Dice artículo 19 del CFF.... Debe decir Artículo 29 (y 29-A) del CFF



  • Autor
    Respuesta No: 4341

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic. Maxwel Smart y Primus Tribunus, les agradezco en todo lo que vale su ayuda y se que ambos son gente honesta que ayuda a sus semejantes en forma desinterasada, ojalá existiera más gente como ustedes,  pues en nuestro país no se castiga el delito, sino la ignorancia, gracias



  • Autor
    Respuesta No: 4385

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimados abogados Maxwel Smartt y Primus Tribunus, se me pasó un detalle que no sé cuanto influya en el caso que les planteo, mi amigo no tiene firmado ningún contrato con su arrendador, ahí vivía otra persona que al irse le pasó el depto. a  mi amigo y así quedaron las cosas.- gracias



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