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¿QUé PROCEDE EN CONTRA DE LA SENTENCIA INTERLICUTORIA DICTADA EN UN RECURSO DE REVOCACIóN EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL?

  • Consulta : 166165
  • Autor : abogavictor_NR
  • Publicado : Jueves 23 de Agosto de 2012 00:11 desde la IP: 189.190.171.178
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,488
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  • Autor
    Consulta

  • abogavictor_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    Planteamiento del problema:

    Con fecha primero de Enero de 2012, por mi propio derecho promoví Juicio Ejecutivo Mercantil en contra de una persona "X" que adeuda la cantidad de $50,000.00, el juicio se radicó, se llevó a cabo el requerimiento de pago, el demandado obviamente contestó la demanda oponiendo la excepción de no haber sido él quien firmó el documento fundatorio de la acción "pagaré", anunció como prueba para acreditar su dicho la Pericial en Materia de Grafoscopía, Documentoscópía y Caligrafía, me otorgaron el término de tres días para contestar la vista y proponer mi prueba experticial en la misma materia, la cual ofrecí conforme lo dispone el Código de Comercio que dice que únicamente anunciará, sin embargo, me desechan mi prueba por no haber exhibido en ese momento documento alguno que acreditara la calidad científica sobre la cual versaría la prueba, consiguientemente interpuse mi recurso de revocación, confirmando el desechamiento, mi pregunta es: ¿En contra de la sentencia interlocutoria que desecha mi experticial que procede amparo indirecto o directo, toda vez que el propio Código de Comercio manifiesta que en contra de la resolución de la revocación no procede recurso?, si pudiran citarme alguna tesis o jurisprudencia se los agradecería infinitamente.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 281816

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente no procede recurso alguno. Pero además por lo narrado, eEl término de tres días que le dieron eran para que ofreciera de su parte la pericial y ello implicanba a su perito y su cuestionario, y si no lo hizo su recurso de revocación sólo fue pérdida de tiempo.



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