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TRAMITES PARA CAMBIO DE APELLIDO

  • Consulta : 163841
  • Autor : rmfaby_hola_NR
  • Publicado : Miércoles 08 de Agosto de 2012 16:30 desde la IP: 201.157.10.15
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,613
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  • Autor
    Consulta

  • rmfaby_hola_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola, tengo una hija de 17 años pienso casarme nuavamente, como puede mi pareja reconocer y darle su apellido a mi hija y

    cuales son los trámites? ya que su padre biologico la registro con su apellido.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 279585

  • Domingo Arrayales
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    primero, promueve la pèrdida de la patria potestad contra el papà de tu hija.... (sobre tu hija), una vez que termine el juicio, tu actual pareja adoptarà a tu hija y deberà tener sus apellidos....

    Lic. Domingo Arrayales



  • Autor
    Respuesta No: 279638

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTE rmfaby_hola_NR,

    Presente:         

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Contestando concretamente su pregunta Consultante le diré que, DE ACUERDO A LA LEY CIVIL EN MÉXICO, USTED NO PUEDE CAMBIAR EN LA FORMA COMO REFIERE EL APELLIDO PATERNO DE SU MENOR HIJA POR EL DE SU ACTUAL PAREJA, EN VIRTUD DE QUE SI LO HACE, ESTARÍA COMETIENDO DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS, EN LA MODALIDAD DE IMARLE LA PATERNIDAD DE SU MENOR HIJO A UNA PERSONA QUE NO ES SU PADRE, PRIVANDO CON ELLO AL PADRE BIOLÓGICO DE SU MENOR HIJO Y A SU MENOR HIJO DE LOS CORRESPONDIENTES DERECHOS DE PATERNIDAD, FILIACIÓN, HEREDITARIOS, ETC; QUE NACEN POR EL HECHO DE LA FILIACIÓN, entiende; por lo que le aconsejo jurídicamente que antes de hacer alguna cuestión en este sentido, VALORE LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DE SUS ACTOS, QUE LE REITERO, EN ESTE CASO SERÍAN CONSTITUTIVOS DE DELITO, que pase una excelente tarde.

                           

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIAS CIVIL Y PENAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina:(0155) 3182-2696

    Celular:55-3462-7069              

     

    WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

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