Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

TERMINOS EN MATERIA PENAL

  • Consulta : 1611
  • Autor : ESTUDIANTE
  • Publicado : Lunes 29 de Diciembre de 2008 19:47 desde la IP: 201.130.136.207
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,605
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • ESTUDIANTE
    USUARIO REGISTRADO

    Hola Buenas tardes, quizas no he sido especifico en mi pregunta y los he confundido, pero voy a ser mas concreto,  y agradesco de antemano si alguien me puede ayudar.

    La pregunta es cuando salen de vacaciones los Juzgados Penales y habiendo notificado un acuerdo ya en vacaciones, ademas de haber notificado a las partes, corren los terminos establecidos o bien empiezan a correr hasta que regresan de vacaciones, pues a un el Juez por Ministerio de Ley lo desconoce y estoy en el limbo, esta es la tercera nota que pongo y no creo que nadie sepa de Materia Penal, por favor hechenme la mano.

    mil gracias pos su apoyo con la respuesta.

     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 4158

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ESTUDIANTE:

    Todo depende...

    En efecto, en el Distrito Federal los juzgadospenales continúan laborando aún cuando los demás están de vacaciones, pues es relevante señalar que en el D.F., el personal de los juzgados penales disfruta de vacaciones escalonadas durante todo el año, así que salen uns cuantos y los demás continúan laborando, y con el mismo sistema trabajan los juzgados de distrito en procesos penales del Distrito Federal, así como los juzgados de distrito en general en el resto de la República Mexicana, pero las salas penales del TSJDF en modo alguno trabajan.

    En lo tocante al Estado de México, la mitad de losjuzgados penales salede vacaciones y la otra mitad se queda de guardia, pero a la mitad del período se intercambian, aunque las salas penales del TSJEM en modo alguno trabajan, así que los términos corren o nó, según sea la guardia de turno.

    Otra cuestión es el estado de Veracruz de Ignacio de la LLave, pues los juzgados penales tienen vacaciones en un sistema similar al del estado deMéxico, sin embargo cada juzgado conserva guardias de turno que incluyen a un secretario de acuerdos que puede fungir como juez por ministerio de ley, para atender los asuntos urgentes tales como consignaciones y asuntos de término, en tanto que las salasdel TSJEV también conservan guardias, lo mismo que la Presidencia del TSJEV, de tal manera que en Veracruz, los términos continúan corriendo.

    ¿¿¿Creé usted que yo no sé de materia penal???

    Pues yo estoy segurísimo que es usted quien no sabe de derecho penal ni de procesal penal, pues hace preguntas genéricas sin tomar en cuenta que las leyesy la forma de trabajar de los tribunales cambia de una Entidad Federativa a otra.





  • Autor
    Respuesta No: 4179

  • ESTUDIANTE
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mil disculpas si ofendi a alguien.

    Gracias Lic. Estrada Feliz Navidad y un prospero año 2009, para usted y sus seres queridos.



  • Autor
    Respuesta No: 4182

  • Hrdas58
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado ESTUDIANTE, te recomiendo que des lectura a tu Codigo de Procedimientos Penales del Estado en que residas y analices muy bien el capitulo que se refiera a los PLAZOS Y TERMINOS, porque alli se te indica a partir de que momento empiezan a correr los terminos, y que dias son considerados como habiles y cuales no, tambien debes de tener en cuenta que a veces se suspenden las labores de los juzgados por X causa, esos dias tambien son inhabiles, recuerda tambien que hay situaciones en materia penal en las cuales no hay dias inhabiles. Espero que estes bien. Atentamente:Hrdas58.



  • Autor
    Respuesta No: 4185

  • ESTUDIANTE
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola Lic. Hrdas58 gracias por tomarse el tiempo a contestar.

    Feliz Año 2009, le deseamos lo mejor para el proximo año.

     



  • Autor
    Respuesta No: 4186

  • perezsalas
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Estudiante:

    Para responder a tu pregunta es importante distinguir los conceptos de término y plazo. Término es el momento en el que se realiza un acto procesal y se fija por fecha he incluso por hora y nunca puede ser objeto de prorroga por otro lado, Plazo es el lapso de tiempo normalmente en número de días que la ley concede para realizar un acto procesal siendo los más importante de los plazos que los mismos son prorrogables e improrrogables además de que los plazos se coman normalmente desde el día siguiente de su notificación y no se cuentan los días inhábiles, por lo anterior en Materia Penal los Juzgados tanto del Fuero Común como el Fuero Federal tienen guardias inclusive sábados y domingos y los días inhábiles para el caso de que se trate de poner a un inculpado a su disposición de tomarse su declaración preparatoria o de resolver la procedencia de su formal prisión sujeción a proceso o libertad



  • Autor
    Respuesta No: 4207

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Estrada:

    También siento gusto por la posibilidad de saludarle.

    Espero que haya disfrutado una Feliz Navidad en compañía de sus seres queridos, y le deseo que el venidero añoesté colmado de dicha, paz y prosperidad.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión