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FIRMA DE PAGARé, EL CUAL NIEGA SER SU FIRMA
- Consulta : 160516
- Autor : nhf1206_NR
- Publicado : Lunes 16 de Julio de 2012 17:25 desde la IP: 201.153.110.151
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,617
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 16 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas Tardes a todos, mi caso consiste en que mi padre inicio una demanda contra un deudor y su aval que firmaron un pagaré en el año 2000, después de embargar unos bienes del deudor principal, fallece mi padre, y el abogado me dice que los bienes embargados son insuficientes y solicita la ampliación del embargo en contra del aval, mismo que después de emplazarlo, en su constación señala que no es su firma, sin embargo dada la cantidad de trabajo que presentaba el abogado que llevaba mi caso, no lo localize a tiempo y me dijo que se nos había terminado el tiempo para contestar y que ya no había nada que hacer, pues "se nos había pasado el término", quisiera saber que se puede hacer, en la actualidad soy el albacea y continuo con la demanda, ya que sobra decir que el dinero que presto mi padre era todo su patrimonio y el de mi madre que aún vive.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 275052
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Julio de 2012 17:30 2012-07-16 17:30 desde IP: 201.103.98.194
El que dice que no es su firma, debe probarlo, ofreciendo una pericial.
Si se les pasó el término a Ustedes para ofrecer un perito, entonces el Juez resolverá en base a lo que determine el perito de la contraria.
Pero si realmente es su firma y el perito señala en su informe algo falso, tu abogado puede iniciar un incidente criminal y que otro perito de la PGJ determine lo conducente...
Suerte y mejor busca un abogado que le dé importancia a tu asunto, no es justificación tener mucho trabajo para que se nos pasen los términos...
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Autor
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AutorRespuesta No: 275059
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Julio de 2012 17:51 2012-07-16 17:51 desde IP: 189.232.141.142
Por el tiempo de la suscripcion de pagare ya no es . . .. . . bueno es otro asunto.
Por otra parte, Coincido en lo que comenta el abogado que me antedece, debido que en este caso la carga de la prueba la tiene la parte de mandada.
Y en cuanto al termino que se vencio al abogado no es justificable en ningun caso, es tal ves que no le este dando importancia al caso o... ya negocio, todo puede pasar.
En la prueba documental puedes ofrecer copia de la credencial del demandado, hay forma de conseguirla, asesorrte bien.
saludos y suerte.
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Autor