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GRAN DEUDA CON TC

  • Consulta : 1594
  • Autor : lolita_heiras_NR
  • Publicado : Lunes 29 de Diciembre de 2008 14:14 desde la IP: 189.231.124.229
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,602
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  • Autor
    Consulta

  • lolita_heiras_NR
    NO REGISTRADO

    BUENAS TARDES

    NUEVAMENTE CON EL TEMA DE LAS TARJETAS DE CREDITO, YO TENGO VARIAS TARJETAS  Y 2 CREDITOS PESONALES QUE FUI PAGANDO ENTRE ELLAS, ERRONEAMENTE, SE ME FUE TODO EL LIMITE EN TODAS. AHORITA  ASCIENTE Y POR BASTANTE EL MONTO DEL ADEUDO.

    ME ENCUENTRO EN UNA SITUACION DE INSOLVENCIA ECONOMICA, CAMBIE DE DEPARTAMENTO  Y ME BAJARON EL SUELDO POR MANEJAR SOLAMENTE MEDIO TIEMPO.

     

    AHORITA MI SALARIO NO ES SUFICIENTE PARA PAGAR NI EL PAGO MINIMO DE UNA DE LAS TARJETAS

    HICE RESTRUCTURACIONES QUE JAMAS PUDE LLEVAR A CABO, ME PEDIAN UN PAGO INICIAL Y LO HACIA PERO NO LOGRABA DAR EL PRIMER PAGO RESTRUCTURADO.  ASI ES QUE ESTOY MUY ANGUSTIADA, NO QUIERO QUE PERJUDIQUEN A MI FAMILIA

    CREO QUE ES NECESARIO CONSULTAR A UN ABOGADO, PARA PROTEGERME ANTES DE QUE EXISTA UNA DEMANDA DE LOS BANCOS

    UNOS MOLESTAN MUCHO Y OTROS ESTAN EN EL SILENCIO Y ESO ME PREOCUPA.

    NECESITO QUE  ME ORIENTEN PARA SABER QUE TIPO DE LICENCIADO NECESITO CONSULTAR.

     

     

     

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4094

  • ROCKDRIGO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    CON EL DEBIDO RESPETO, QUIEN ORIGINÓ LA SITUACIÓN FUE UD, POR LO QUE DEBE ASUMIR LA RESPONSABILIDAD DE PAGO, YA QUE CONFIARON PARA PRESTARLE DINERO, NO CALCULÓ SU CAPACIDAD Y DEBE RESPONDER.

    NO QUEDA MÁS QUE PLANTEAR UNA NUEVA REESTRUCTURA CON SU CAPACIDAD REAL Y CONSEGUIR UN EMPLEO ALTERNO PARA PAGAR, TODA VEZ QUE SERÍA UNA IRRESPONSABILIDAD DE PARTE DE UN SERVIDOR RECOMENDARLE NO PAGAR Y ESCUDARSE EN TRIQUIÑUELAS LEGALES. ¿HA CONSIDERADO UD VENDER SUS BIENES PARA LIQUIDAR? GENERALMENTE SE OFRECEN MUY BUENOS DESCUENTOS PARA ELLO.

    EL ESPECIALISTA QUE DEBE CONSULTAR PARA DEFENSA ES UNO EN MATERIA CIVIL O MERCANTIL, PERO LAMENTABLEMENTE PARA USTED NO LE SERVIRÁ DE NADA HASTA QUE LA HAYAN DEMANDADO FORMALMENTE, EN TANTO, PARA PROTEGER EL FUTURO DE SUS HIJOS, PUEDE RECURRIR A LA CONSTITUCIÓN DE UN PATRIMONIO FAMILIAR, QUE ES UNA FIGURA JURÍDICA QUE SU DEFENSOR LE DETALLARÁ A FONDO DEPENDIENDO DE LA LEGISLACIÓN DE SU ESTADO.





  • Autor
    Respuesta No: 10149

  • CONSULTORES JURIDICOS
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

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  • Autor
    Respuesta No: 10153

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    lolita_heiras, Hola, espero te encuentres bien, en éste foro he aprendido algo y se lo agradezco a Lic. Morales, es mas fácil escribir una respuesta para todos los problemas similares que estar  escribiendo lo mismo en cada nueva consulta y siendo que un problema repetitivo en éste foro es el relacionado a las deudas con tarjetas de crédito me dí a la tarea de revisar algunas respuestas vertidas por los Abogados al igual que mi propia opinión siendo el resultado el siguiente:

     

    1.- Desde mi personal punto de visita, si no puedes pagar, no pagues, es decir: si puedes pagar paga, pero no te metas en problemas mayores para cumplir con las amenazas de los despachitos de cobranza que te molestan todos los días a todas horas, a éstos “licenciados” no les hagas caso son cobradores que lo único que saben hacer es espantar a la gente pero no tienen facultades para hacer nada, el Banco nunca te va a demandar, aquí han surgido diversas polémicas en cuanto a porqué sí o a porqué no  demandan, la realidad es que NO DEMANDAN, por lo tanto no debes tener miedo, el banco ya te buscará para ver una forma de negociar y llegar a un acuerdo ventajoso para ambos y si no llegan a éste pues no pagues, en cinco años prescribe el adeudo y listo, no te pueden meter a la cárcel por deudas de carácter civil, el Lic. Ignacio del Angel dice lo siguiente: “Le transmito lo que mi experiencia de 20 años trabajando en bancos y 15 litigando me han proporcionado.

    Los adeudos por tarjetas de crédito, carecen en la mayoría de los caso de: 1.- Comprobantes de las disposiciones (pagarés); 2.- Contratos; 3.- Avales; 4.- Garantías; 5.- Un monto cuya reclamación jurídica resulte costeable.

    Además este tipo de crédito se manda a "castigo" (se deduce de impuestos por irrecuperabilidad) aproximadamente al año de haber caído en cartera vencida, lo que ocurre al cuarto mes de dejar de pagar.

    Por lo anterior, en la gran mayoría de los casos los bancos NO demandan el pago de estas deudas; aunado al hecho de que el banco estaba obligado a verificar la capacidad de pago del deudor, por lo que no le resulta viable reclamar por fraude. A esto se debe el que los despachos de cobranza sean tan agresivos e intimidatorios; realmente son su única vía de cobro.”   (consulta 536), hasta aquí la cita, en ésta misma consulta puedes leer otros comentarios que por lo extenso no reproduzco pero que te pueden orientar, y tomar la decisión que creas más conveniente,  sólo no hagas caso cuando te digan: “nos preocupa su problema, contáctenos”, ahí si la verdad, yo no me arriegaría.- suerte

    ROCKDRIGO, creéme que comentarios como el tuyo lo único que indican es que trabajas para un banco y tratas de intimidar a las gentes para evitar que siga creciendo el numero de tarjetahabientes que hay en cartera vencida, no sé si tu mismo u otros Abogados han entrado al foro con las mismas intensiones de desorientar al público y  "aconsejarle", que reestructure sus adeudos, sólo falta que aconsejes que los mismos sean redocumetados, para que la chamba esté completa, no se vale y además de inmediato se les reconoce.-



  • Autor
    Respuesta No: 11900

  • warrior54
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola

    En el año 2002 compre un automovil y di otro a cuenta, el dueño del lote de autos me recomendo tramitar un credito con determinado banco para que ese banco le liquidara a el la cuenta, y asi lo hice, a los dos meses me di cuenta que el vehiculo habia sido siniestrado y el vendedor me lo oculto, le quize regresar el vehiculo y no lo acepto, fui con el banco para hacer lo mismo (regresarlo) y tampoco lo quizo recibir, demande al vendedor pero no prospero la demanda por irresponsabilidad de mi abogado, al final de cuentas desde hace 5 años a la fecha me estan hostigando un buffet de cobranza extrajudicial para que le pague a ellos, jamas me han demandado por medio de autoridad competente, la preguna es a esta fechas mi deuda ya preescribio o no...gracias



  • Autor
    Respuesta No: 12899

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    si ya pasaron mas de cinco años y firmó un pagaré éste ya no sirve de nada, ahora se ha preguntado ¿porque no lo han demandado?, ¿porque un bufett lo hostiga y de ahí no pasa? no haga nada que sigan hablando hasta que se cancen



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