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ACTO ADMINISTRATIVO
- Consulta : 1589
- Autor : hombreset_NR
- Publicado : Lunes 29 de Diciembre de 2008 13:06 desde la IP: 189.175.57.177
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,603
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 29 de Diciembre de 2008
De ante mano Gracias por las finas atenciones que brindan a esta consulta.
en dias pasados me llego un oficio que dirije el encargado el genete estatal de la SAGARPA en el cual me dice que por instrucciones de su superior jerarquico y dado algunas recomendaciones que le hace una entidad auditora me otorga 5 dias para hacer la devolucion de un recurso economico al que fui elegible dentro de un programa que se llevo a cabo en l 2005 y que me entregaron en esas fechas, cabe hacer mencion que alude un convenio en el que dece que en caso de ser procedente me requeririan la devolucion de dicho recurso sin embargo no me dicen por que me lo piden solo que no he cumplido con lo convenio y aun asi el convenio que dentro de los medios de apremio esta el mencionarme cuales son mis defectos y encaso de que no los subsane me pedirian el recurso pero nunca me han indicado cuales son los errores en que infringi. ese oficio puede ser impugnado? mediante que recurso o juicio? me podrian proporsionar un ejemplo de dicho recurso o escrito ? ayuda por favor
Gracias. mi correo es "hombreset">hombreset
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 4121
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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Diciembre de 2008 16:24 2008-12-29 16:24 desde IP: 201.127.174.178
ps a como veo, y tengo conocimiento todo acto de molestia emitido por autoridad debe estar fundado y motivado, es decir tener una razon y un articulo en la ley que fundamente su actuar de ese acto, por lo tanto, considero que una opcion para evitar el pago seria el amparo indirecto...
saludos, y como digo es a simple consideracion...
Lic. Luis Charles Cullen
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Autor
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AutorRespuesta No: 4187
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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Diciembre de 2008 23:59 2008-12-29 23:59 desde IP: 200.92.212.27
Usted puede recurrir al juicio de amparo en contra de dicha notificacion, puesto que toda autoridad debe fundar y motivar sus desiciones, lo que quiere decir que la dependencia le tuve que explicar el motivo ademas de fundarlo en elementos de derecho sobre la decicion de que reintegrara los recursos que le habian otorgado, debieron de haber explicado el motivo por el cual ellos manifiestan que se ha violado el contrato.
Lic. Abel Velazquez -
Autor
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AutorRespuesta No: 4189
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Diciembre de 2008 00:59 2008-12-30 00:59 desde IP: 189.180.1.90
hola, yo le recomiendo que contrate los servicios legales de un abogado, por que de nada le va a servir que le digan que recurso procede, ya que se requieren conocimientos en derecho constitucional procesal para poder elaborar una demanda de amparo correctamente.
qué es lo que va a impugnar el oficio o el incumplimiento del convenio.
En todo caso si decide impugnar el oficio, o el acuerdo, lo puede hacer, por no reunir todos los requisitos de validez de un acto administrativo ante un tribunal administrativo, tambien es procedente el amparo indirecto por lo motivos que los licenciados expusieron.
Si presenta el amparo no olvide pedir el incidente de suspension.
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Autor