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EMBARGO SOBRE MI PADRE QUE YA FALLECIO

  • Consulta : 1587
  • Autor : tortugamac_NR
  • Publicado : Lunes 29 de Diciembre de 2008 12:58 desde la IP: 189.157.162.197
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,602
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  • Autor
    Consulta

  • tortugamac_NR
    NO REGISTRADO

    Hola buen dia, mi situacion es la siguiente, mi padre fallecio en noviembre del 2006, y mi mama empezo el jucio sucesorio testamentario para hacer valer el testamento de mi padre que la nombro como unica heredra a ella, el juicio ya concluyo y ahorita esta haciendo las escrituras, pero  el notario le informo que la mitad de la casa esta embargada, que  el embargo se puso el 12 de Septiembre de 2008, que puede hacer mi mama?, ya fue al Registro Publico de la propiedad aqui en N.L. y ya le dijieron quien embargo la mitad de la casa, pero no lo conosemos a esa persona, y le dijieron que puede ser el abogado de quien demanda el embargo. Asi que ahorita no podemos hacer nada porque todos estan de vacaciones, sera hasta la otra semana.

    Pero ahorita nuestra preocupacion es que podemos hacer, sobre este embargo de la mitad de la casa?, porque esta a nombre de mi papa que recalco ya fallecio, y que nosotros supieramos el no firmo nada, si lo hubiera hecho se lo hubiera comunicado a mi mama, por favor nos podrian asesorar que hacer, estamos muy preocupadas, porque mi mama  a nadie le debe, y cuando mi padre vivia era una de las personas que nunca pidio nada a  credito, ni dinero, nada de eso, porque no le queria deber a nadie, por eso estamos seguras que el no firmo nada.

    Les pido que me asesoren, estamos muy preocupadas ya se imaginaran como hemos pasado estas fechas de Dic. preocupadas, gracias por su ayuda, y que Dios los Bendiga.

     

    Atte. Nicole Corona

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4085

  • ROCKDRIGO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    HOLA MUY BUEN DÍA!

    LO PROCEDENTE ES QUE VERIFIQUES EN PRIMER LUGAR DE DÓNDE VIENE ESE EMBARGO; DEBES PEDIR EL LIBRO EN DONDE CHECASTE EL MISMO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y VERIFICAR EL NÚMERO DE EXPEDIENTE BAJO EL CUAL SE RADICÓ EL JUICIO EN EL QUE SE ORDENÓ DICHO EMBARGO Y EL ÓRGANO JURISDICCIONAL EN EL QUE SE LLEVA (LO IDENTIFICARÁS COMO UN NÚMERO/AÑO/NÚMERO ROMANO Y EL JUZGADO (DE PRIMERA INSTANCIA O DE DISTRITO EN SU CASO).

    ES COMÚN QUE EN LAS OFICINAS DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD SE LLEVE UN LIBRO CON GRÁVAMENES SOBRE LAS PROPIEDADES, TAMBIÉN PUEDES VERIFICARLO AHÍ (CADA ESTADO LLEVA UN PROCEDIMIENTO REGISTRAL DISTINTO).

    ES RECOMENDABLE QUE TENIENDO EL NÚMERO DEL JUICIO Y EL JUZGADO EN QUE SE ENCUENTRA, TE ACOMPAÑE UN ABOGADO PARA QUE TE INDIQUE DE DÓNDE VIENE ESE EMBARGO Y CUAL ES LA MECÁNICA PARA DESTRABARLO.

    ESPERO TE SEA DE UTILIDAD AL MENOS PARA ARRANCAR. SALUDOS!!  



  • Autor
    Respuesta No: 4104

  • Nicole
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas Gracias por tu respuesta,  voy a tomar encuenta todo lo que me dices, y pues ahora esperar hasta el 7 de enero que aqui empiezan las actividades de los juzgados.

    Y con respecto de donde viene la demanda de embargo ya lo averigue es por parte de un tio, pero a el no se le debe nada, ya checamos bien y tenemos papeleria donde alguna vez mi papa le compro unas hectareas pero tenemos los papeles donde se finiquito, pero bueno ya se por donde va todo esto, espero que la ley este de la verdad y si es asi pues todo saldra bien.

    Gracias por su respuesta que este bien y Feliz Año!!.



  • Autor
    Respuesta No: 4105

  • ROCKDRIGO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ESPERO QUE TODO SALGA BIEN, Y SI YA LIQUIDARON DEBERÁN ACREDITÁRSELO AL JUEZ PARA QUE EL MISMO DICTE SENTENCIA, SE DESTRABE EL EMBARGO Y CONDENE A TU TÍO POR GASTOS Y COSTAS.

    SALUDOS Y FELICES FIESTAS.



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