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ELEMENTO SUBJETIVO QUE SUBSANE A ELEMENTO OBJETIVO

  • Consulta : 157720
  • Autor : lalysgonzalez_NR
  • Publicado : Miércoles 27 de Junio de 2012 14:41 desde la IP: 189.229.97.222
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,481
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  • Autor
    Consulta

  • lalysgonzalez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Oaxaca

    Compre de buena fe una camioneta que resulto robada, presente mi querella ante el Fiscal, se acredito con todos los peritajes que efectivamante la factura es falsa que ni siquiera existe la aqencia que la extendio, ahora el fisca me exige que para que se tipifique el delito tengo que acreditar que hubo engaño, con un testigo que dija que la persona que me la vendio sabia que tipo de carro era y por lo tanto lo vendio. Yo le he argumentado al fiscal que este se subsanaria con la Buena fe y se acredita con el peritaje que efectivamante es robada,< porque el engaño o dolo es una cuestion subjetiva y no se prueba con testimoniales lo que se prueba es la cosa objeto del contrato no era licita y por lo tanto no es subseptible de apropiacion por lo tanto se presume que el inculpado conociendo esta situacion realiza la accion.esto es desde mu pinto de vista. pero el fiscal me dice que el elemento subjetivo se acredita con un elemento objetivo(testigo) y eso me tiene atorada, porque ya voy a<cumplir una año que interpuse la querella y por eso no procede, hay testigos porque ahora me he enterado que el inculpado a eso se dedica, por lo tanto nadie se anima a denunciarlo porque aparte se dice que es narcomenudista. ojala me puedan ayudar necesito una jurisprudencia para subsanar eso.

     

    Aranza Santiago

     

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  • Autor
    Respuesta No: 272490

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lo que necesitas es decirnos si tienes conocimientos de Derecho, y si eres perita o no en Derecho como lo somos nosotros,  pues manejas términos que son delicados, tan delicados como nosotros hablar de NEFROLOGIA sin ser siquiera médicos generales.

    Primeramente, lo que tú debiste haber hecho es:

    1.- No andar comprando ni vendiendo cosas SIN CONSULTAR ANTES A UN LICENCIADO EN DERECHO.  Este acto jurídico se denomina COMPRA-VENTA y la gente normalmente los hace sin asesorarse, ni siquiera cuando se trata de mercancías delicadas tales como VEHICULOS.

    2.- La buena fe no tiene absolutamente nada que ver con el engaño.  El engaño es la conducta que despliega el activo del delito causando un perjuicio a la victima u ofendido, y obteniendo un lucro indebido con su engaño. 

    Lo que tú tienes qué hacer es declarar nuevamente y decirle al "fiscal" que te has topado con el vendedor, y que se ha burlado de tí, diciendote que es narcomenudista, que se dedica a vender autos chuecos, y que él sabía lo que te estaba haciendo, y que nada ni nadie le va a hacer nada por que él manda en Oaxaca.

    Y que todo esto lo escuchó la persona mayor de edad que iba contigo, que es (aqui pones el nombre de alguien que declare contra el vendedor), probanza que concatenada con la testimonial y las documentales que obran en la indagatoria, hacen prueba circunstancial y nos llevan a la conclusión lógica jurídica de que el activo actuó con dolo, premeditación, y se puede ejercitar acción penal contra él. 

    Olvidate de la jurisprudencia,  esta es para jurisperitos.

    Mejor contrata a un licenciado en Derecho que te garantice el éxito en esta acción.  Ahora bien, si no encuentras a un profesional que te garantice que recuperas tu dinero y el tipo va a la carcel,  mejor no contrates a ningún abogado,  y siguele tú solita. 



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