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TARJETAS DE CREDITO Y DEPARTAMENTALES

  • Consulta : 1541
  • Autor : Irene
  • Publicado : Sábado 27 de Diciembre de 2008 19:11 desde la IP: 189.133.151.200
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,604
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  • Autor
    Consulta

  • Irene
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes: Hojala me puedan ayudar, soy de Tabasco. En la actualidad estamos pasando una crisis económica nunca vivida en mi familia. No dormimos por estarle dando vueltas a esto.

    Me bajaron el sueldo a menos de la mitad, acabo de tener un bebe (una bendicion en medio de tanta tormenta), mi esposo gana poco, y por lo tanto no contabamos con todo esto y al nacer mi bebe nos sobreendeudamos con tarjetas de creditos bancarios y departementales (liver) al disponer de efectivo de ellos. Ahora no sabemos que hacer para salir de deuda, ya que al querer salir de una nos endeudamos mas y mas. Con algunos bancos (santander y banamex) ya habia negociado un refinanciamiento pero bancomer sobre todo con la tarjeta práctica son bien malos, ya que hasta amenazan y hostigan a mas no poder. Ya no nos alcanza para pagar. ¿que podemos hacer? haga de cuenta que de un ingreso mensual de 22 mil baje a 4 mil. imaginece en que situacion estamos. A eso tengo que sumarle que hay gastos con el bebe... Nuestra deuda es aproximadamente de 300 mil y pagando el minimo tenemos que cubiri aproximadamente como 18 mil.

    Que podemos hacer, auxilio....

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3987

  • Abogado Mendoza
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante, con gusto respondo a sus preguntas referente a tarjetas de crédito:

    Las alternativas legales y materiales que tiene desde mi punto de vista jurídico en su caso, mismas que son adecuadas para dar total solucion a su problema:
     
    Si lo que desea es que no se le afecte su patrimonio, una forma de lograrlo es protegerlo mediante la constitución del patrimonio de familia.y para ello es necesario que nos platique más a fondo su problemática, para decirle con exactitud si ello es o no factible, cuáles son los bienes que pueden ser susceptibles de ello o no, y hasta porque monto se puede constituir.
     
    Segunto: Si lo que desea es regularizar sus pagos de deudas con los Bancos, dado que los acuerdos ofrecidos actualmente por las Instituciones Financieras y/o la cantidad que te cobran día con día aumenta porque te capitalizan los intereses moratorios que se generan, y que se vuelve para usted una deuda eterna impagable, lo que debes hacer es que judicialmente notificarle a los Bancos a los que les debe cuál es su capacidad real actual de pago, y si el Juez lo autoriza, que mediante una sentencia ordene a los Bancos a que reciban el pago de esa deuda sin que se le sigan generando intereses moratorios, y que pague mensualmente de acuerdo a su capacidad real de pago, precisamente a efecto de evitar de que sus adeudos se vuelvan impagables, siendo que estos medios legales los puede hacer valer en su favor.

    Quedo a sus órdenes.

    Abogado Mendoza.
    Saldívar, Reynoso, Mendoza, Vázquez & Delgado Abogados.
    asesorialegalmexico
    Cel: 551336-1028



  • Autor
    Respuesta No: 4366

  • idivin
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pregunta  Abogado Mendoza,como se  realiza  ese procedimiento de  de  notificación  alos  bancos  con  respecto  ala  notificación de pago. Ando  en  una s ituación  dificil  casi  ya  no puedo  pagar pero  quisera  hacer algo a si porque  de  dos  años para  esta  fecha  solo  he  pagado  intereses  sobre  intereses  quisiera  saber  como hacer  en  este  caso para poder  pagar  con los  bancos  sin  llegar  aun  punto de  no poder  pagar.





  • Autor
    Respuesta No: 10150

  • CONSULTORES JURIDICOS
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

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  • Autor
    Respuesta No: 10156

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola, espero te encuentres bien, en éste foro he aprendido algo y se lo agradezco a Lic. Morales, es mas fácil escribir una respuesta para todos los problemas similares que estar  escribiendo lo mismo en cada nueva consulta y siendo que un problema repetitivo en éste foro es el relacionado a las deudas con tarjetas de crédito me dí a la tarea de revisar algunas respuestas vertidas por los Abogados al igual que mi propia opinión siendo el resultado el siguiente:

     

    1.- Desde mi personal punto de visita, si no puedes pagar, no pagues, es decir: si puedes pagar paga, pero no te metas en problemas mayores para cumplir con las amenazas de los despachitos de cobranza que te molestan todos los días a todas horas, a éstos “licenciados” no les hagas caso son cobradores que lo único que saben hacer es espantar a la gente pero no tienen facultades para hacer nada, el Banco nunca te va a demandar, aquí han surgido diversas polémicas en cuanto a porqué sí o a porqué no  demandan, la realidad es que NO DEMANDAN, por lo tanto no debes tener miedo, el banco ya te buscará para ver una forma de negociar y llegar a un acuerdo ventajoso para ambos y si no llegan a éste pues no pagues, en cinco años prescribe el adeudo y listo, no te pueden meter a la cárcel por deudas de carácter civil, el Lic. Ignacio del Angel dice lo siguiente: “Le transmito lo que mi experiencia de 20 años trabajando en bancos y 15 litigando me han proporcionado.

    Los adeudos por tarjetas de crédito, carecen en la mayoría de los caso de: 1.- Comprobantes de las disposiciones (pagarés); 2.- Contratos; 3.- Avales; 4.- Garantías; 5.- Un monto cuya reclamación jurídica resulte costeable.

    Además este tipo de crédito se manda a "castigo" (se deduce de impuestos por irrecuperabilidad) aproximadamente al año de haber caído en cartera vencida, lo que ocurre al cuarto mes de dejar de pagar.

    Por lo anterior, en la gran mayoría de los casos los bancos NO demandan el pago de estas deudas; aunado al hecho de que el banco estaba obligado a verificar la capacidad de pago del deudor, por lo que no le resulta viable reclamar por fraude. A esto se debe el que los despachos de cobranza sean tan agresivos e intimidatorios; realmente son su única vía de cobro.”   (consulta 536), hasta aquí la cita, en ésta misma consulta puedes leer otros comentarios que por lo extenso no reproduzco pero que te pueden orientar, y tomar la decisión que creas más conveniente,  sólo no hagas caso cuando te digan: “nos preocupa su problema, contáctenos”, ahí si la verdad, la decisión es bajo tu propio riesgo.- suerte



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