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GANE JUICIO LABORAL PERO JUEZ FEDERAL LO ANULO
- Consulta : 1540
- Autor : pabvlo
- Publicado : Sábado 27 de Diciembre de 2008 18:51 desde la IP: 200.52.212.134
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,602
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 27 de Diciembre de 2008
tuve un accidente en mi trabajo y no estaba asegurado y en el hospital me aconsejaron que iniciara un juicio laboral contra el dueño a quien yo no conocia por que me contrato un empleado de este por temporada. Tiempo despues el abogado que contrate me comunico que el juicio habia sido ganado ahora un familiar dice que me estan buscando por parte del dueño por que consiguio un amparo contra la sentencia y que se va ha reiniciar el juicio. No he podido encontrar a mi abogado pero ya han llegado noticficaciones a la casa donde vivia pero mi familia no los recivio ¿que pasa si no los recivo? y si se reinicia ¿puedo perder la cantidad que el juez me habia otorgado?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 3935
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pabvlo:
a mi me sucedio algo similar, por lo que leo, entiendo que ya te pagaron el dinero lo que supone un hecho consumado, quiero imaginarme a reserva de una opinion calificada, que el amparo no procede, aqui a quien debes consultar primero antes que a nadie es al abogado que te llevo o te esta llevando el caso.
saludos.
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AutorRespuesta No: 3936
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AutorRespuesta No: 3937
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mire, tal vez a quien le gano usted en el juicio laboral impugno con amparo directo el laudo condenatorio (no sentencia) y los magistrados colegiados al entrar a estudio del amparo promovido, se lo concedieron, 1.-para efectos 2.-liso o llano.
le sugiero busque a su abogado y le pregunte sobre la situacion de su asunto.
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AutorRespuesta No: 3938
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para efectos: se repone el procedimiento laboral en la etapa en la cual los magistrados colegiados ubicaron la violacion constitucional
liso y llano: se deja insubsistente el acto reclamado (laudo condenatorio) dejando de surtir efectos para el particular
REPITO.- SUGIERO BUSQUE A SU ABOGADO Y PREGUNTELE SOBRE SU ASUNTO EN PARTICULAR
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AutorRespuesta No: 3939
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AutorRespuesta No: 3941
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AutorRespuesta No: 3944
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AutorRespuesta No: 3945
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AutorRespuesta No: 3946
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AutorRespuesta No: 3947
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AutorRespuesta No: 3948
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AutorRespuesta No: 3949
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AutorRespuesta No: 3950
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AutorRespuesta No: 3952
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Por lo visto, se trata de un amparo "para efectos" es decir, el TCC encontró alguna irregularidad "in procedendo"" y ordena reponer el procedimiento para "el efecto" de que se subsane... puede ser la recepción de una prueba, o algo por el estilo, en todo caso, la Junta dictará a su tiempo otro laudo que puede ser en el mismo o diferente sentido al anterior, pues en estos casos subsiste plenitud de jurisdicción para las autoridades responsables, a menos que el TCC haya dado lineamientos precisos sobre como dictar el nuevo laudo, lo cual no es lo mas comun, pero sin tener a la vista el expediente es muy aventurado asegurarlo.
Suerte.:) -
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AutorRespuesta No: 3953
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AutorRespuesta No: 3955
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