Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

TERMINO CONTRATO Y NO DESALOJAN

  • Consulta : 144916
  • Autor : susanaoak_NR
  • Publicado : Martes 03 de Abril de 2012 18:56 desde la IP: 187.204.131.31
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,484
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • susanaoak_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Soy arrendador de un local comercial el cual el arrendatario no pago el mes de marzo con pretexto de que terminaria su contrato y que se dispusiera del deposito para saldar el mes de renta. Sin embargo ya termino su contrato y a pesar de que estaba sobre aviso desde hace mas de un mes de que deberia abandonar el local al terminar el contrato, el tipo esta desaparecido, no contesta por telefono ni en su domicilio. Al parecer dentro del local quedaron algunos articulos y se encuentra cerrado con sus candados. A mi me urge que se rente ese local porque es parte importante de mis ingresos. ¿Puedo pedir a un cerrajero que abra el local para poder ocuparlo? o cual seria el procedimiento

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 260583

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Debes de hacerlo mediante un requerimiento si estas dentro del plazo establecido para que opere la tacita reconduccion, es decir, de ser por tiempo determinado el contrato pasa a ser por tiempo indeterminado, debes de buscar asesoria de un abogado para que inicie el tramite lo antes posible para poder demandar el termino de dicho contrato y la entrega y desocupacion del local arrendado, no puedes llevar cerrajero y abrirlo, te pueden denunciar por despojo.



  • Autor
    Respuesta No: 353352

  • Soluciones
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo correcto es iniciar la controversia de arrendamiento si el inmueble se encuentra en el D.F. o el juicio de desahucio si está en el Estado de México, es común que los inmuebles sean abandonados de esa forma y el inquilino estar pendiente para que en el momento que el propietario tome posesión denunciar el despojo y el robo de los bienes que se encontraban en el interior y peor aun hasta de los que no estaban.

    No debe tomar riesgos de este tipo, debe iniciar la controversia y ubicar al inquilino y notificar la demanda, este puede ser un trabajo complicado pero un abogado con experiencia puede hacerlo, tomar posesión a través de la orden judicial o convenio celebrado con el demandado será la garantía de no incurrir en algún delito o tener complicaciones inecesarias.

     

    Saludos cordiales

    Lic. Víctor Carrillo Estrada

    Soluciones Jurídicas 



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión