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SUCESORIO?

  • Consulta : 140265
  • Autor : jordan_ram_NR
  • Publicado : Miércoles 29 de Febrero de 2012 12:04 desde la IP: 189.199.87.218
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,251
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  • Autor
    Consulta

  • jordan_ram_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenos dias, mi duda es la siguiente, se un poquito de derecho ya que deje la carrera trunca y mas o menos me doy una idea de lo q es un juicio sucesorio, pero pues no se tanto como los que litigan, sucede q mi madre fallecio hace 5 meses, y dejo testamento donde su casa me la deja a mi, pero el problema es q en el acta de defuncion pusieron su nombre completo como maria, pero en el acta de nacimiento y de matrimonio ponen ma. y m. , que hago para tramitar un sucesorio testamentario correcto?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 256291

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    jordan_ram_NR

    Puede usted acudir a la Notaria Publica donde su señoara madre otorgo el Testamento, lleve usted consigo las actas de defuncion , nacimiento, matrimonio, credencial de elector de su señora madre y solicite al Notario Publico que realice una certificacion de que la finada Maria, Ma. y M. son la misma persona, con ese documento puede usted iniciar el respectivo juicio sucesorio.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 256329

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimada consultante:

    Por favor apóyese en algún abogado profesional y competente y no se deje sorprender por coyotes, tinterillos y parlanchines, como el que me precede, a quien conocemos que usurpa la cédula profesional de una señora de normbre Urania Padilla, bajo otro muy probable pseudónimo de Uriel Fuentes.

    En realidad, Usted no tiene que hacer absolutamente ningún tramite previo al juicio sucesorio de su señora madre. El acta de defunción contiene una abreviatura del nombre de María, perfectamente entendible para cualquier Juez. Es más usted no tiene siquiera que hacer ninguna aclaración en este sentido en su escrito inicial del juicio sucesorio.

    Difiero también del forista Abomau, a quien envío cordiales saludos y a quien también debo reconocer como un excelente forista en materia de sucesiones, toda vez que los Notarios no pueden realizar ningún tipo de certificaciones de esa clase pues su fe pública no alcanza para hacer constar la autenticidad de hechos que no han sucedido en su presencia.

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 256333

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    con una informacion testimonial... donde se declare que... ma... y m... y maria... son la misma persona....con eso ya tienes cumplido... no puedes hacer cambios de actas en forma directa o por juicio...



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