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EL ARRAIGO; VIOLATORIO DE GARANTIAS?
- Consulta : 14
- Autor : legales_mex
- Publicado :
Viernes 21 de Noviembre de 2008 17:30
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,607
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 21 de Noviembre de 2008
Al guien tiene formularios de juicio de amparo contra el arraigo que tanto a puesto de moda la P.G.R? a alguien que haya promovido este juicio le han otorgado la suspensión provisional, y le han concedido el amparo lisa y llanamente?-
por sus comentarios y respuestas gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 119
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¿Y a donde se le puede ienviar el formato?....
LIC. RUBÉN I. SANDOVAL LÓPEZ
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Autor
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AutorRespuesta No: 497
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Autor
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AutorRespuesta No: 93945
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Diciembre de 2009 21:26 2009-12-25 21:26 desde IP: 189.181.12.199
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Autor
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AutorRespuesta No: 94001
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Diciembre de 2009 11:50 2009-12-26 11:50 desde IP: 189.181.12.199Hola legales Lex:
En una ocasión, lleve un asunto en donde el m.p. no señalo si el arraigo era domiciliario o se imponía la prohibición de abandonar una demarcación geográfica y aún así le fue concedido. El amparo se interpuso siguiendo los requisitos previstos en el artículo 116 de la Ley de amparo, en el concepto de violación se dijo:
CONCEPTO DE VIOLACION:En el caso concreto, se viola en perjuicio del quejoso el artículo 16 Constitucional, pues la responsable concedió la orden de arraigo, a pesar de que el ministerio público, fue omiso y no señalo si el arraigo era domiciliario o si se le imponía la prohibición de abandonar una demarcación geográfica, tal y como lo señala el artículo 133 Bis de Código Federal de Procedimientos Penales. Lo cual trasciende en la esfera jurídica del quejoso y lo coloca en un estado de indefension.EL JUEZ DE AMPARO RESOLVIOQue efectivamente, el artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, claramente distinguía entre dos tipos de arraigos, el primero que obliga al quejoso a permanecer privado de su libertad personal en un inmueble con motivo de la integración de una averiguación previa y el segundo, la prohibición de abandonar una demarcación geográfica, de manera que si el quejoso no tenía la certeza de saber cual de los dos tipos de arraigos se le imponían, se le dejaba en completo estado de indefensión. Lo cual transgredía el artículo 16 de la Carta Magna. El amparo se otorgó liso y llano, y se dejaba sin efectos la medida de arraigo. -
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AutorRespuesta No: 94031
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Diciembre de 2009 12:40 2009-12-26 12:40 desde IP: 189.181.12.199
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AutorRespuesta No: 94184
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Diciembre de 2009 23:11 2009-12-26 23:11 desde IP: 189.181.12.199
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AutorRespuesta No: 94187
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Diciembre de 2009 23:13 2009-12-26 23:13 desde IP: 189.177.130.254
si.. ya vi...
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Autor
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AutorRespuesta No: 94272
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Diciembre de 2009 13:36 2009-12-27 13:36 desde IP: 201.102.6.3
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Autor
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AutorRespuesta No: 172911
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Agosto de 2010 15:17 2010-08-28 15:17 desde IP: 201.165.52.136
"//debate/eldebate/Articulos/ArticuloGeneral.asp?IdArt=10143667&IdCat=6087">//debate/eldebate/Articulos/ArticuloGeneral.asp?IdArt=10143667&IdCat=6087, que lamentable suceso, nuestro amigo el Lic. Ruben Sandoval, excelente forista....lean la nota en ese link
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AutorRespuesta No: 172913
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Agosto de 2010 15:19 2010-08-28 15:19 desde IP: 189.186.30.28
verdaderamente lamentable esperemos solo sea un susto y ver al guero de nuevo.........................
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AutorRespuesta No: 180640
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Fecha de respuesta: Domingo 26 de Septiembre de 2010 17:14 2010-09-26 17:14 desde IP: 189.177.44.64
,.,.,.,
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