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VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LOS RECIBOS DE HONORARIOS
- Consulta : 1384
- Autor : gelt32
- Publicado : Lunes 22 de Diciembre de 2008 15:59 desde la IP: 189.128.114.4
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,631
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 22 de Diciembre de 2008
Buenas tardes a todos, solicito me ayuden a aclarar el siguiente cuestionamiento:
Me ofrecen un empleo bastante sustancial pero me indican que el pago se hará a través de recibos de honorarios. Esto me deja con un sinnúmero de dudas pues en el empleo actual que tengo celebré un contrato laboral subordinado por tiempo indeterminado, con un sueldo y todas las prestaciones de Ley.
Mi duda es sobre cuales son los beneficios y desventajas que podría tener al aceptar el esquema de pago a través de recibos de honorarios, respecto al pago de un salario como trabajador subordinado. ¿Qué tanto afecta mi seguridad laboral, certidumbre, garantías, etc.?
Les pido por favor que abunden sobre el tema pues un concepto muy de moda en todas las empresas que requieren personal actualmente. Como referencia puedo citar que la propuesta económica rebasa los 30,000.00 mensuales.
Este foro lo considero una increíble alternativa para informarse de un mar de situaciones y realmente los felicito por crear espacios como éste que enriquecen a sus visitantes.
Por su atención muchas gracias!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 3433
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Hola saludos Lo mejor es que lo puedes adquirir solo que es Un cotrato civil, Pero todos tus derechos los puedes hacer valer. saludos si en un monento dado quieres Prestaciones.
Lic Jose Alberto Solis
Guadalajara Jalisco Mexico
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Autor
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AutorRespuesta No: 3452
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El salario producto de un trabajo subordinado, en efecto, te ofrece algunas prestaciones, como la existencia de un contrato laboral, el pago de vacaciones, aguinaldo, utilidades; te ofrece afiliación al IMSS, al INFONAVIT, el pago de cuotas para tu AFORE, etc.
El pago a través de HONORARIOS, no comprende el IMSS, ni AFORE, ni supuestamente un contrato laboral, que en determinados casos es útil, por ejmplo, para cobrar vacaciones, aguinaldos, o inclusom prima de antigüedad. Así que si te decides por esta opción, definitivamente debe ser por el monto de la mensualidad esperada, para la cual debes verificar que te la garanticen por escrito; por otra parte, si eliges esta opción, sugiero que te inscribas al régimen voluntario del IMSS, y hagas aportaciones voluntarias a tu AFORE, a fin de que al final de un periodo determinado cuentes con un ahorro y algunas prestaciones.
Es una valoración personal que tendrás que hacer.
Saludos,
Jorge Palafox
"La libertad es un poder que hay que procurarse"
juridico.dcidt.org
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Autor
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AutorRespuesta No: 3476
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José Alberto y Lic. Palafox, agradezco sinceramente su aportación. Tengo entendido que al aceptar el pago por honorarios no se genera ninguna antiguedad laboral en la empresa y por lo tanto en cualquier momento la empresa podría decirme: " Aquí está el pago de su último recibo de honorarios y muchas gracias"... esto repercute en mi seguridad y la de mi familia al quedarme de la noche a la mañana sin la fuente de ingresos. ¿Es correcto este planteamiento? ¿Existe una forma en la que pueda asegurar un poco más mis garantías laborales? En realidad lo que más me preocupa es ésta situación. Lo que corresponde al pago de aguinaldos, vacaciones ,etc. es relativo, principalmente me interesa contar con garantías que me permitan tomar la desición de dejar mi trabajo actual por el de honorarios sin menoscabo a la seguridad de mi familia ¿Se puede lograr esto? Por último, me podrían ayudar con el cálculo de los impuestos que tendría que pagar el primer año considerando que la percepción sería de $ 30,000.00 mensuales y sin incluir gastos para disminuír el pago de ISR? Lo anterior es para tener un base de cuanto tendría que pagar de impuestos en base a los honorarios percibidos.
Disculpen si abuso de sus conocimientos en la materia, pero se de antemano que son personas altruístas que abogan por un México mejor. Agradezco su tiempo y gentileza.
Atte.
Gustavo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 3481
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Sr. Gustavo:
La diferencia, como lo manifiestan los foristas, se refleja en que si a usted le pagan con recibo de honorarios, lo único que obtiene es su pago, sin que se lo garanticen, es decir, puede un día llevar su recibo y en la empresa deciden no pagarlo, entonces tendría que iniciar un procedimiento judicial y necesitaría un abogado; ahora bien su usted entra a la nomina como trabajador recibe todas las prestaciones que marca la Ley, (Vacaciones, aguinaldo, utilidades, imss, afore, infonavit), aqui la diferencia es que generalmente las empresas deciden pagar con recibo de honorarios, porque en caso de que con ese sueldo de los 30,000 los dieran de alta en el imss, se tendrían que pagar muchos impuestos y es lo que no quieren.
En cuanto al recibo de honorarios tendria que retener el 15% de i.v.a. y ademas tendria que presentar sus pagos del ISR o en su caso el IETU.
Espero y se le hayan despejado sus dudas.
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Autor