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ACABO DE RENUNCIAR, NECESITO AYUDA!

  • Consulta : 136736
  • Autor : kronnoz_NR
  • Publicado : Jueves 26 de Enero de 2012 18:41 desde la IP: 187.139.120.85
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,490
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  • Autor
    Consulta

  • kronnoz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

     

    Buen día...

     

    Acabo de renunciar a mi trabajo y me gustaria que me ayudaran a calcular cuanto me tienen que dar de finiquito.

     

    Mi sueldo mensual es de $6,000.00, del cual solamente me depositan la mitad como nomina fiscal y la otra mitad me la dan en efectivo. Y en mi contrato se especifica que mi salario mensual es de $3,000.00 para evadir impuestos supongo.

     

    Entre a trabajar el 02 de febrero de 2010 y mi renuncia tiene fecha de 31 de enero de 2012, entonces son CASI 2 años de trabajar ahi.

     

    Segun la contadora, ya me pagaron vacaciones, prima vacacional y demas, pero tiene reacion ella de ser mala contadora y "ratera", por lo que no confio en nada de lo que me dijo.

     

    Hasta el dia de hoy, trabaje todo bien, sin faltas, ni retrasos ni nada... todo responsablemente.

     

    Podrian ayudarme y decirme como calcular mi finiquito????

     

    Muchisimas gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 252548

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Creo que debió haber consultado antes de renunciar. Pues en repetidas ocasiones se ha aconsejado a los usuarios, que no renuncien a sus trabajos, a menos que les convenga hacerlo por otras razones de importancia mayor, urgentes e inevitables o que impliquen mejoras profesionales y de su calidad de vida, trascendentes y altamente significativas, pues las prestaciones que derivan de la renuncia voluntaria son muy insignificantes. Por el simple hecho de que al renunciar el trabajador, bajo su propia responsabilidad y sin tener motivo legal para hacerlo, decide dar por terminada de manera voluntaria y unilateral la relación de trabajo (Equivaldría por semejanza en sentido inverso, por así decirlo, a un “despido injustificado”, en agravio de la parte patronal -Aunque obviamente no exista tal cosa legalmente-).

    Por lo tanto si alguien renuncia voluntariamente,  el patrón, ya sea persona física o moral (Empresa), solo está obligado a pagarle básicamente, las PRESTACIONES DEVENGADAS (ganadas y aún no pagadas), como:salarios, parte proporcional de vacaciones y prima vacacional (Y en su caso las que no hubieran sido  cubiertas durante el año anterior),parte proporcional del aguinaldo (Y en su caso el que no hubiera sido  cubierto durante el año anterior),horas extras (en caso de haberlas), reparto de utilidades (Condicionado a que la empresa las tuviera y se pagarían en mayo de éste año, las correspondientes al ejercicio fiscal anterior y en mayo del año siguiente las del ejercicio fiscal que transcurre). Asimismo podrían incluirse otras prestaciones devengadas extralegales, contempladas en el contrato de trabajo en caso de existir, tales como: comisiones (en caso de haberlas), bonos (en caso de haberlos),  etc.

    En su caso, NO PROCEDE EL PAGO DE PRIMA DE ANTIGÜEDAD (Esto último por el hecho de tener MENOS de quince años laborando), de conformidad con el artículo 162 fracción III de la Ley Federal del Trabajo, que a continuación se transcribe:

    “…Artículo 162.- Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:

    …III. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido;…”

    Por lo que para tener derecho a la prima de antigüedad, debería esperar a cumplir 15 años de servicios.

    NO PROCEDE INDEMNIZACIÓN ALGUNA.

    Además, si usted cuenta con algún seguro de desempleo, la renuncia voluntaria suele ser causa de improcedencia para su cobro.

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 252586

  • kronnoz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias por la informacion...

     

    De hecho mis motivos de renuncia son muy significativos para mi.

     

    Por cierto, olvide mencionar que el sistema de contrataciones de la empresa es que se hacen contratos trimestrales que se renuevan cada que termina el periodo.

     

    Esto influye de alguna manera???

     

    Porfavor ayudenme a saber mas o menos cuanto tendria que recibir.

     

    Gracias.



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