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ABUSOS DE LA CFE

  • Consulta : 136469
  • Autor : felipex1969_NR
  • Publicado : Martes 24 de Enero de 2012 16:28 desde la IP: 12.107.205.5
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
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  • Autor
    Consulta

  • felipex1969_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Mi queja es contra la CFE, solicito asesoría para saber que hacer.

     

    Expongo brevemente mi caso

     

    Mi nombre es Felipe Castro

    Domicilio

    Calle Istmo 215 Bahia Jaltocan, Cond. 5, Casa 28, Jaltenco Estado de México. CP 55780

    Cta LYF 09611-257-3365

    CFE

    Numero de servicio 514 981 001 641

    Cta 24DL20B122413365

     

    Solicito asesoría, expongo brevemente mi problema

     

    Antes que nada me permito indicar que a la fecha no he firmado ningún contrato de prestación de energía eléctrica con la empresa CFE.

     

    No obstante he venido pagando los recibos que CFE me envía, pero en agosto del 2011 me solicitaban un pago de 1700 por ese bimestre, cantidad excesiva, misma que resulta de la estimación del consumo por parte de la empresa. El que la empresa estime el consumo afecta el cálculo real de la energía consumida.

     

    Este dia 24 de enero 2012 iniciaron el corte de servicio, llame a la profeso y dicen que una vez que se levanta la queja no procede el corte de energía, pero  como yo no habia levantado la queja esto no aplica.

     

    CFE indica que primero se pague el adeudo, firmando un convenio, y después se hace la aclaración.

     

    Además colocaron sellos en el interruptor  de servicio, cosa que es inadecuada, ya que el servicio de CFE llega hasta el medidor. Ellos no tienen autorización para bloquear el interruptor de servicio, el cual forma parte de la casa.

     

    Que se puede hacer, ¿procede un amparo?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 252316

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Como ya procedió el corte sí puede promover un amparo en contra de éste, le pedirán que garantice. Desgraciadamente el hecho de no firmar contrato con la nueva empresa "de clase mundial" no le beneficia, toda vez que el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro le concede interés jurídico y facultades a la nueva compañia para tento prestar el servicio como para cobrarlo, sin embargo el colocar placas metálicas con la leyenda "usuario moroso" o "corte del servicio" como lo están haciendo en el Estado de México, es ilegal, incluso podría tipificarse como abuso de autoridad, ejercicio indebido del propio derecho, usurpación de funciones e incluso daño en propiedad. Por otra parte el cobro excesivo del servicio y además aplicando injustificadamente una facultad presuncional al señalar estimaciones en el recibo sindo que existe un medidor, se trata de un acto de tracto sucesivo, en consecuancia el término de cuerenta y cinco días para presentar juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justitica Fiscal y Administrativa se actualiza a partir de que Usted se enteró del nuevo recibo y no a partir de que iniciaron las irregularidades. Acuda a la Procuraduría de la Defesa del Contribuyente para que lo representen y de ser posible reúnase con sus vecinos para promover una demanda colectiva.



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