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DESCUENTO DE PENSIóN ALIMENTICIA A SALARIO SIN JUICIO
- Consulta : 135957
- Autor : jonathan.arellano_NR
- Publicado : Jueves 19 de Enero de 2012 17:22 desde la IP: 201.141.241.95
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,491
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 19 de Enero de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen día, necesito de su ayuda.El caso es el siguiente:
Un amigo (aún casado legalmente), se separó hace aprox. un año de su esposa. Tiene dos hijos y les deposita mensualmente una cantidad en una cuenta bancaria. No han llegado a un acuerdo ni han iniciado un proceso de divorcio y tampoco se le ha notificado a él respecto a un juicio por pensión alimenticia, nada, nada. Sin embargo, al cobrar su quincena encuentra que le descontaron más del 80% de su sueldo.
¿Eso es legal? ¿Es posible?
Gracias!!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 251867
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Enero de 2012 18:14 2012-01-19 18:14 desde IP: 187.195.44.25
En materia de alimentos el Juez simultaneamente ordena se gire oficio a la empresa para que se haga el descuento por el porcentaje ordenado y el emplazamiento al demandado.
La parte actora, puede solicitar la entrega del oficio y llevarlo directamente a la empresa y comienzan los descuentos, pero el emplazamiento puede no efectuarse si la parte actora no señaló el domicilio correcto del demandado o no lo encontraron en dicho domicilio.
En tal sentido, su amigo deberá acudir al área de Recursos de su empresa para que le proporcionen los datos del Juzgado y nùmero de expediente y acudir directamente al Juzgado para darse por notificado y en el plazo de 9 días hábiles, dar contestación a la demanda, oponiendo las excepciones, defensas y probanzas que considere pertinentes para disminuir el porcentaje de pensión alimenticia.
Es menester que se asista de Lic. en Derecho especialista en materia familiar.
Saludos.
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Autor