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DESPIDO INJUSTIFICADO Y AMENAZAS
- Consulta : 131536
- Autor : nr_NR
- Publicado : Domingo 27 de Noviembre de 2011 13:42 desde la IP: 187.160.183.133
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,489
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 27 de Noviembre de 2011
Estado de Referencia: Tamaulipas
Hola a todos los abogados les mando un cordial saludo y a la vez ocupo un consejo de ustedes, este es mi caso
Yo trabaje como promotor de tarjetas de credito desde junio del 2009, mi sueldo mensual era de 3200 mas comisiones, aprox al mes me salian como 22000 contando comisiones, el viernes pasada se presento un represenetante legal de la empresa, diciendome que la relacion laboral habia terminado sin darme motivos, yo le dije que no habia ningun problemas qe solo me lo diera por escrito para tener la oportunidad de defenderme el cual se nego, me pidio que firmara la renuncia, lo cual refute totalmente y me dijo que si no le firmaba renuncia me iba a acusar de fraude de que tramitaba tarjetas y me las gastaba, le dije que haga lo que quiera pero primero me lo tenia que comprobar
he estado checando la ley y me menciona que tengo dos meses para demandar, mi pregunta es la siguiente si esta persona me llegara a demandar penalmente eso afectaria el juicio laboral....''?? y en cuanto a los tres meses, lo tengado que multplicar por el salario diario integro o por salario base
muchas gracias por su atencio
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 246449
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Noviembre de 2011 15:03 2011-11-27 15:03 desde IP: 187.194.35.110
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Autor
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AutorRespuesta No: 246452
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Noviembre de 2011 15:14 2011-11-27 15:14 desde IP: 189.167.112.223
Estimado consultante, no soy abogado pero creo que mis comentarios te pueden servir.
Acude a la Porcuraduría Federal del Trabajo de tu localidad, ahí te brindarán asesoría en forma gratuita y en su caso se harán cargo de presentar la demanda en contra de tu patrón por despido injustificado
En cuanto a tus dudas te comento lo siguiente: 1)La indemnización Constittucionall se paga en base al salario diario integrado, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo. 2)La demanda penal es totalmente independiente de la demanda laboral. Saludos y suerte.
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Autor