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REPARACIóN DEL DAñO CAUSADO POR SERVIDOR PUBLICO
- Consulta : 1291
- Autor : carvemi
- Publicado : Viernes 19 de Diciembre de 2008 18:19 desde la IP: 189.179.153.147
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,607
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 19 de Diciembre de 2008
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 5645
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Fecha de respuesta: Sábado 10 de Enero de 2009 09:32 2009-01-10 09:32 desde IP: 189.175.72.11
de condenarlo en el proceso penal, se pronunciarian tambien respecto de la reparacion del daño
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Autor
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AutorRespuesta No: 5647
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Fecha de respuesta: Sábado 10 de Enero de 2009 10:00 2009-01-10 10:00 desde IP: 187.133.18.245
Es un asunto que también te puedes In conformar en el tribunal administrativo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 5656
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Fecha de respuesta: Sábado 10 de Enero de 2009 12:19 2009-01-10 12:19 desde IP: 189.136.98.193
carvemi:
Es mucho más rápido el procedimiento de responsabilidad administraiva que se debe iniciar con la queja que usted interponga en la Contraloría Interna Municipal, y es muy importante que usted sepa que la responsabilidad administrativa es independiente de la penal, y así está especifcado en todas las leyes de responsabilidad administrativa, esto último lo puede usted alegar pra el caso de que pretendan hacer caso omiso de su queja..
Aunque en estos foros existen abogados que al parecer proporcionan sus correos yo números telefónicos con la finalidad de conseguir clientes, yo escribo bajo un pseudónimo y omito mi correo electrónico o datos que me identifiquen porque NUNCA concurro a este foro para conseguir clientes, sino que mis participaciones son para ayudar de manera altruista.
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