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PENSION ALIMENTICIA SIN CUMPLIRSE
- Consulta : 127961
- Autor : margarza4
- Publicado : Domingo 16 de Octubre de 2011 02:09 desde la IP: 69.171.166.84
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,485
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 16 de Octubre de 2011
Hola,
Mi ex marido no ha pagado la pension alimenticia en mas de 1ano y medio para mis dos hijos menores de edad.
Lo liquidaron de su trabajo y me otorgaron lo que correspondia a la pension pero eso ya se acabo.
Interpuse demanda en el DIF lo citan y no se presenta. Consulte con un abogado y dic que necsito todos los comprobantes de gastos desde que dejo de trabajar a la fecha, pero yo nunca guarde nada, asi que no se como hacerle.
Sospecho que trabaja pero no se donde ni el ha querido decir.
Alguien me puede orientar???
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 242117
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Octubre de 2011 12:37 2011-10-16 12:37 desde IP: 189.240.97.64
BUEN DÍA.
Supongo que tiene deudas, pues esas deudas debe demostrarlas ya sea con pagares o letras de cambio, esto es más que suficiente para demostrar el estado de abandono económico que usted y sus menores hijos viven.
Ahora bien, si él dejo de cumplir, pues así se estipula en la demanda y él tendrá que demostrar lo contrario, es decir, que sige cumpliendo.
Por otro lado, si no lo encuentra o no sabe donde trabaja, se le puede pedir al IFE, IMSS, ISSSTE, e incluso a la policia que informen si tienen registros de su domicilio o lugar de trabajo y en donde le encuentren le notifican la demanda.
En fin, le recomiendo acuda a los defensores de oficio de su localidad.
ATENTAMENTE
LIC. ISRAEL JUAREZ.
E-MAIL: israel-juárez ARROBA h o t m a i l . c o m
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Autor
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AutorRespuesta No: 242124
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Octubre de 2011 14:31 2011-10-16 14:31 desde IP: 187.194.58.71
El DIF, no es una autoridad, sus actividades no tienen ningùn valoir, es un simple gestor de actos prejudiciales.
Acude con las actas de nacimiento de tus hijos y la tuya, al Ministerio Publico, e incia una acciòn penal por el probable delito de incumplimiento de lasw obligacio0nes de asistencia familair; tengas o no tengas comprobaciòn de gastos, que no los necesitas, ya que por ley, las acciones de pago de alimentos estan sujetas al dicho del acreedo, esto es, que ti dices, me debe cien pesos, le toca al deudor, acreditar que no es cierto, solo en reubro de alimentos y no en otro tipo de deudas.
El ministerio publico, no lo tiene porque citar a convenir, sino a pagar y formalizar las deudas contraidas o consignar la averiguaciòn a un juez que ordene su detensiòn judicial por la falta de cumplimiento de la obligaciòn.
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Autor
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AutorRespuesta No: 242129
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Octubre de 2011 15:18 2011-10-16 15:18 desde IP: 189.145.46.51
Mi estimada consultante Margarza4
Mire, siendo correctos los comentarios que le hacen mis antecesores a quienes les envío un cordial saludo, sería bueno que nos ilustre respecto de su localidad, toda vez que su consulta por su IP, nos ubica en TEXAS U.S.A.
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 245926
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Noviembre de 2011 09:04 2011-11-22 09:04 desde IP: 69.171.166.5
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Autor
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AutorRespuesta No: 245927
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Noviembre de 2011 09:09 2011-11-22 09:09 desde IP: 69.171.166.5
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Autor
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AutorRespuesta No: 245941
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Noviembre de 2011 11:14 2011-11-22 11:14 desde IP: 200.79.138.36
Estimada Forista:
Si es muy important que indique la Entidad Federativa donde viven los menores, ya que en algunos estados, el deudor alimentista al incumplir injustificadamente con el pago de dicho pension, como en delito, y Ud, podria ejercer la accion penal en contra de el.
Saludos Lic Rosen
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