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EN QUE MOMENTO SE REALIZA UNA AMPLICION DE DECLARACION EN AVERIGUACIOHN PREVIA

  • Consulta : 1245
  • Autor : mtorres
  • Publicado : Jueves 18 de Diciembre de 2008 19:07 desde la IP: 189.179.170.123
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,604
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  • Autor
    Consulta

  • mtorres
    ABOGADO CIVIL

    Soy abogado, pero trabajo el civil y no tengo mucha experiencia en penal, quisiera que me ayudaran con unas dudas, ¿ en que momento se realiza una ampliacion de declarcion en averiguacion previa, solicitando la ampliacion de un dictamen pericial? ahi mismo le puedo hacer preguntas al perito o solicito que se presente para hacerle ver que en la pericial que emitio falto tomar en cuenta circunstancias especiales o como le hago?.(es un problema familiar y no puedo dejarlo, aparte que si me gustaria aprender).

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2852

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Joven abogado empezando el encabezado de su consulta no corresponde a la asesoria solicitada son cosas diversas...pero con gusto en el afan de ayudarle le comento lo siguiente si bien es cierto que el articulo 21 constitucional ha reservado al MINISTERIO PUBLICO el  Monopolio de la accion penal no menos cierto resulta que dentro de la integracion de la Averiguacion Previa se deben ofrecer pruebas de inocencia.. ahora bien usted no puede solicitar la ampliacion de un dictamen pericial.supongo oficial....sino lo que debe hacer es ofrecer un segundo peritaje.. con un perito ofrecido por usted, en donde haga valer argumentos cientificos que traten demostrar lo incorrecto del dictamen oficial en donde no se han tomado en cuenta los argumentos y esto se hace mediante una promocion con el estilo de alegatos que causan agravio y en ocasiones el MP solicita la intervenmcion del perito tercero...(aguas no solo en el proceso penal ehhhh SINO TAMBIEN EN LA ETAPA DE AVERIGUACION) ya que el ministerio publico es una institucion de buena fe y debe allegarse elementos que acrediten plenamente el cuerpo del delito. y ya cuando este la junta de tercero, es ahi el justo momento para interrogar a los peritos pero solo ese momento

    LIC. ESTRADA

    la_megafiesta@hotmail.com..Proximamente espera nuestro programa de radio de 6 a 8 pm en donde reforzaremos consultas..esperalo en el mes de Enero

     



  • Autor
    Respuesta No: 2864

  • Jose Alberto
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Saludos concuerdo con el forista anterior ya que la averiguacion previa es el Ministerio Publico quien indaga y hace pesquisas, pues es el abogado defensor de la sociedad no existen abogados Defensores en esta etapa del procedimiento Penal, solo cuando se abre el periodo de instruccion.



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