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ABANDONO DE EMPLEO

  • Consulta : 124160
  • Autor : aarteaga_NR
  • Publicado : Martes 30 de Agosto de 2011 16:35 desde la IP: 189.135.140.181
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,611
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  • Autor
    Consulta

  • aarteaga_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    si un trabajador dejo de presentarse una semana completa sin justificacion y después apareece solicitando se le paguen los días que trabajo de la quincena. El pago procede?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 237390

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Evidentemente, los días que trabajó, deben de serle pagados, ya que el salario es la contraprestación que el trabajador recibe por el servicio prestado. Los días en que incurrió en faltas injustificadas, y la parte proporcional al séptimo día de descanso, puede descontarlas el patrón, ya que al no haber recibido su servicio, está relevado de la obligación de pagar el salario en los días no trabajados.

    Por otra parte, si en la empresa o establecimiento llevan algún control de asistencia que le permita demostrar fehacientemente que el trabajador incurrió en más de tres faltas injustificadas en un período de treinta días naturales, lo que procede es que, de conformidad con la fracción X, del artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo, le rescinda el contrato sin responsabilidad para el patrón, lo que debe llevar a cabo, haciéndole entregaal trabajador de un aviso escrito, en el que le señale la fecha a partir de la cual se le rescinde su contrato y las causas por las que lo hace; si el trabajador se niega a recibir el aviso o a firmar de recibido en la copia que como constancia debe recabar elpatrón, entonces tendrá que promover ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente, el procedimiento paraprocesal correspondiente, para que sea la autoridad laboral quien lo notifique.

    El aviso y/o el trámite paraprocesal, debe realizarlo dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que tuvo la última falta, ya que si pasan más días de ese plazo, entonces el despido es injustificado, por no haber ejercido el patrón su derecho dentro del término que la Ley Laboral le concede.

    Hágase asistir de un abogado especialista, a fin de que lleve a cabo los trámites necesarios, justamente dentro de los plazos señalados en la Ley y cumpliendo con todas y cada una de las formalidades y solemnidades que elmismo ordenamiento legal establece.



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