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SERVIDORES PúBLICOS

  • Consulta : 123604
  • Autor : ortizcfco
  • Publicado : Miércoles 24 de Agosto de 2011 00:01 desde la IP: 189.140.64.120
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,492
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  • Autor
    Consulta

  • ortizcfco
    ESTUDIANTE

    Que tal amigos foristas. Les escribo desde la Ciudad de México. El motivo de mi consulta está relacionado con los Servidores Públicos que litigan.

    Mi pregunta es la siguiente: Un servidor público de bajo nivel es decir, sin nombramiento, con tareas puramente administrativas, y que ha firmado una carta con el compromiso dpara no realizar otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley la prohíba; ¿puede litigar en materias diferentes a la administrativa? Por ejemplo, en materia mercantil, familiar o civil.

    He buscado en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y, si bien es cierto que el artículo 47, fracción XI de dicha ley dispone que el servidor público tiene la obligación de abstenerse de realizar otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley la prohíba, no he encontrado cuales son esos empleos y comisiones oficiales o particulares que prohíbe la ley, conforme a este artículo.

    Ahora bien, sé y conforme a diversas disposiciones que los miembros y trabajadores del Poder Judicial Federal y Local, así como los Ministerios Públicos, entre otros, no pueden litigar fuera de sus funciones. Pero que pasa, como lo he mencionado, con aquellos que están trabajando en la Administración Pública local, con actividades puramente administrativas.

    Mucho les agradeceré, me ayuden a conocer la repuesta a esta pregunta.

    Saludos cordiales.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 271654

  • Gándara
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Cualquier abogado que a su vez es servidor público, puede litigar asuntos que no tengan que ver con su trabajo (Civiles, mercantiles, etc). Esto siempre y cuando lo haga sin suspender o dejar de hacer lo encomendado en su cargo. Es decir, en sus ratos libres. Ahí es donde esta lo complicado.

    Es decir, por ejemplo, si acude a la audiencia de algún juicio en horas de trabajo, está dejando de atender su horario y obligaciones en el servicio público y si se le pudiera encuadrar responsabilidad administrativa.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 271655

  • lic.edmez
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    que tal, te saludo cordialmente .... no a todos los servidores públicos les está permitido litigar .... por ejemplo, los miembros del poder judicial o del poder ejecutivo no pueden .... te aconsejo que analices la ley orgánica de la dependencia para la cual labora el servidor público que nos haces referencia, para saber si le está prohibido litigar ... si no hay disposición en ese respecto, entonces se aplica una de las máximas del derecho: LO QUE NO ESTÁ PROHIBIDO, ESTÁ PERMITIDO .... saludos.



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