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SUCESIóN LEGITIMA
- Consulta : 123423
- Autor : jenny.luri_NR
- Publicado : Lunes 22 de Agosto de 2011 00:03 desde la IP: 189.163.217.106
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,510
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 22 de Agosto de 2011
Estado de Referencia: Querétaro
Hola, el motivo de la siguiente consulta es con la finalidad de aclarar una duda,, es en relacion con derecho civil-- y es la siguiente:
un hermano murio en el 2008, éste no fue casado, ni tuvo hijos, ni vivio en union libre con ninguna mujer, pero muere antes que mi madre,
mi madre nunca tramito nada ante autoridades judiciales para poder tener derecho a un bien inmueble que dejó.. al año muere mi madre... ahora
sobrevivimos 3 hijos . y queremos obtener los derechos hereditarios del hermano que murio... tenemos que denunciar los dos intestados?
o sólo el del hermano. ? agradeceré sus prontas respuestas. Jenny
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 236335
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Agosto de 2011 11:42 2011-08-22 11:42 desde IP: 187.141.102.198
Mira yenny, si tu madre murio sin dejar testamento, entonces es necesario que denuncien a travez de un juicio intestamentario en el que se demuestra el entronque con la extinta, para que las propiedades de tu mamá, pasen a ser propiedad de ustedes todo en partes iguales, este juicio de promueve ante un juzgado civil del lugar en donde esten las propiedades. Y en relación a la propiedad de tu hermano corre igual surte, tendran que denunciar el juicio intestamentario para que primero nombren albacea, mientras se sigue con el juicio. y en caso que exista testamento entonce se denuncia el juicio testamentario. para que ustedes sean los propietarios por adjudicación de bienes, para cualquier duda o aclaración contactarme 971139 7638
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Autor
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AutorRespuesta No: 236408
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Agosto de 2011 21:26 2011-08-22 21:26 desde IP: 201.114.231.150
Efectivamente como te dicen en la consulta anterior tendras que realozar dos Juicios Intestamentarios pero tengo una duda, no mencionas a tu Papa ya fallecio y si vive bajo que regimen esta casado con tu Mama se necesitan esos datos para una mejor asesoria, suerte.
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Autor
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AutorRespuesta No: 236420
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Agosto de 2011 22:45 2011-08-22 22:45 desde IP: 189.161.69.147
Con todo respeto, mi criterio es el siguiente:
El inmueble único que pretenden adjudicarse Ustedes como Hermanos del de cujus, es 1 sólo juicio, puesto que el inmueble era de propiedad exclusiva de su hermano. No hay necesidad de tramitar 2 juicios, nada más exhiban acta de defunción de sus padres, y las de Ustedes como hermanos del de cujus para acreditar entroncamiento y que son los parientes más cercanos.
Salu2tes
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Autor
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AutorRespuesta No: 236423
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Agosto de 2011 23:13 2011-08-22 23:13 desde IP: 187.194.6.130
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AutorRespuesta No: 236469
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Agosto de 2011 12:59 2011-08-23 12:59 desde IP: 187.141.102.198
Con todo respeto a las respuestas 236420 y 236423 , insisto que son dos juicios sucesorios que deberán tramitarse, puesto que las propiedades son distintas, una que es propiedad del hermano, y otra que es propiedad de la madre, aqui son dos personas extintas.
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