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PENSION POR CESANTIA

  • Consulta : 122390
  • Autor : aparicio513_NR
  • Publicado : Miércoles 10 de Agosto de 2011 11:21 desde la IP: 136.1.1.105
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,488
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  • Autor
    Consulta

  • aparicio513_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola gracias anticipadas por la ayuda que puedan brindarme.

    Mi caso es el siguiente.

    Yo aun tengo trabajo y estoy por cumplir los 56 años en la pagina del IMSS donde se consultan las semanas cotizadas (de 1982 a la fecha) tengo registradas 1514 pero me hacen falta las semanas de cotizacion desde 1975 a 1981.

    Primer pregunta, donde puedo acudir y solicitar un comprobante de las semanas cotizadas del 75 al 81, y si es posible esto en este momento?

    Segundo, si yo me quedara sin empleo y debido a la situacion economica seguramente no creo poder pagar la cuota del seguro podria esperar a cumplir los 60 años sin pagar cuota alguna al IMSS?

    Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 234875

  • pazago49
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Aparicio513 saludos.

    Respuestas: 1.- Debes acudir a la Subdelegacion Regional del imss que te corresponda a solicitar una certificacion de semanas cotizadas; presentando un documento en el que se identifique tu número de registro en dicho instituto, (por ejemplo, la hoja de alta al imss que te debio dar la empresa en la cual trabajas actualmente).

     La respuesta la tendras máximo en dos semanas.

    2.- En el Certificado de Semanas cotizadas que te entregue el imss, aparece la Vigencia de Derechos, la cual, en términos de Ley, corresponde a una cuarta parte del tiempo que hayas cotizado al instituto; que en tu caso, y segun lo que indicas, tener 1514 semanas cotizadas de 1982 a la fecha, la Vigencia de Derechos sería de 6 años 3 meses aproximadamente, lo que significaría que si hoy te quedaras sin trabajo, la vigencia de tus derechos sería hasta el año 2017, por lo que no estarías obligado a tomar el seguro voluntario (Modalidad 40), para mantener tus derechos (a obtener una pensión) vigentes.

    Espero te sirvan estas respuestas.



  • Autor
    Respuesta No: 234884

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado pazago49   

    Gracias por tu ayuda

    solo una pregunta mas, respecto a la atencion medica en el IMSS bajo esta situacion que plantaba yo al inicio, tendria derecho a ella o tendria que pagarle al IMSS para tenerla?

    Muchas gracias



  • Autor
    Respuesta No: 234896

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado pazago49   

    Gracias por tu ayuda

    solo una pregunta mas, respecto a la atencion medica en el IMSS bajo esta situacion que plantaba yo al inicio, tendria derecho a ella o tendria que pagarle al IMSS para tenerla?

    Muchas gracias



  • Autor
    Respuesta No: 234898

  • CALIXTO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado consultante:

    1) El seguro social no cuenta con información de 1975  a1981. Cuando de respuesta al escrito  que le presentes,  si te siguen  faltando estas semanas, acude a la PROCURADURÍA FEDERAL DEL TRABAJO DE TU LOCALIDAD,ahi te brindarán asesoría en forma gratuita.

    2) Si te quedas sin trabajo, solamente tienes derecho a   recibir  servicio médico durantes 8 semanas posteriores.

     

    saludos y suerte. calixto.



  • Autor
    Respuesta No: 234899

  • CALIXTO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado consultante:

    1) El seguro social no cuenta con información de 1975  a1981. Cuando de respuesta al escrito  que le presentes,  si te siguen  faltando estas semanas, acude a la PROCURADURÍA FEDERAL DEL TRABAJO DE TU LOCALIDAD,ahi te brindarán asesoría en forma gratuita.

    2) Si te quedas sin trabajo, solamente tienes derecho a   recibir  servicio médico durantes 8 semanas posteriores.

     

    saludos y suerte. calixto.



  • Autor
    Respuesta No: 234902

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado pazago49   

    Gracias por tu ayuda

    solo una pregunta mas, respecto a la atencion medica en el IMSS bajo esta situacion que plantaba yo al inicio, tendria derecho a ella o tendria que pagarle al IMSS para tenerla?

    Muchas gracias



  • Autor
    Respuesta No: 234907

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado pazago49   

    Gracias por tu ayuda

    solo una pregunta mas, respecto a la atencion medica en el IMSS bajo esta situacion que plantaba yo al inicio, tendria derecho a ella o tendria que pagarle al IMSS para tenerla?

    Muchas gracias



  • Autor
    Respuesta No: 234910

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado pazago49   

    Gracias por tu ayuda

    solo una pregunta mas, respecto a la atencion medica en el IMSS bajo esta situacion que plantaba yo al inicio, tendria derecho a ella o tendria que pagarle al IMSS para tenerla?

    Muchas gracias



  • Autor
    Respuesta No: 234915

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado pazago49   

    Gracias por tu ayuda

    solo una pregunta mas, respecto a la atencion medica en el IMSS bajo esta situacion que plantaba yo al inicio, tendria derecho a ella o tendria que pagarle al IMSS para tenerla?

    Muchas gracias



  • Autor
    Respuesta No: 234920

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado pazago49   

    Gracias por tu ayuda

    solo una pregunta mas, respecto a la atencion medica en el IMSS bajo esta situacion que plantaba yo al inicio, tendria derecho a ella o tendria que pagarle al IMSS para tenerla?

    Muchas gracias



  • Autor
    Respuesta No: 235027

  • pazago49
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    aparicio:

    efectivamente, despues de que el patron actual te de de baja en el imss, solo tiene derecho al servicio médico, tú y tus beneficiarios, por 6 meses más; despues de ese periodo, si quieres seguir contando con dicho servicio, debes de tomar el seguro voluntario para el servicio médico, mismo que es independiente al seguro voluntario (Modalidad 40), para Cesantia en Edad Avanzada y Vejes, el cual se enfoca para que recibas una pensíón, una vez que cumplas con los requisitos marcados en la Ley del Imss.

    saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 235105

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias pazago49 por tu respuesta, si ya he visto que para el seguro medico se debe contratar el seguro familiar pues el de la incorporacion al regimen voluntario solo es para la pension como bien comentas. Lo que me inquietaba era lo del periodo que podria yo dejar de trabajar y no poder pagar, en caso de haber sido necesario, lo del regimen voluntario pero ya esta aclarado, en mi caso con las semanas cotizadas el periodo de conservacion de derechos permanece incluso mas alla del año 2015 fecha en que cumplo los 60 años por lo que en mi caso ya no es necesario incorporarme al regimen voluntario asi como tampoco tener que conseguir otro trabajo para seguir cotizando. Y ya para no molestarte mas, la certificacion de semanas cotizadas que me dices la pida en la subdelegacion la puedo pedir ahorita incluso teniendo trabajo?, se puede hacer en cualquier momento?

    Muchas gracias



  • Autor
    Respuesta No: 235203

  • pazago49
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    aaparici:

    La respuesta es: Sí; sí puedes solicitar en estos momentos o cuando lo decees o necesites, la Constancia de semanas cotizadas al IMSS, en la subdelegacion correspondiente.

    Por otro lado te comento: Una vez que quedaras desempleado, (esperando que no sea así) y en caso de que el salario diario con el que estubieras cotizando fuera bajo, sería recomendable que te inscribieras en el seguro voluntario (Modalidad 40), con el propósito de incrementar el monto de la futura pensión que recibirias, en el entendido de que puedes cotizar, minimo con el último salario con el que el último patron te tenia registrado en el imss, y hasta 25 veces el salario mínimo general vigente en la regíon, que en el caso del D. F. es a la fecha, de aproximadamente $1,450.00 diarios.

    Debo señalar tambien, que la mensualidad que tendrías que pagar por el seguro voluntario (modalidad 40), a la fecha es de apoximadamente $4,500.00 en el D. F.; ello, para que en su caso hagas tus calculos al respecto.

    Esperando que esta información te sea de utilidad, te mando afectuosos saludos y mucha suerte en tu futuro. 



  • Autor
    Respuesta No: 235918

  • aaparici
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    mi estimado pazago49 muchas gracias por tu aporte y deseos de igual manera deseo para ti y todos aquellos que nos apoyan en este estupendo sitio lo mejor.  Gracias nuevamente



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