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EMPLEADO COMO "SOCIO INDUSTRIAL"

  • Consulta : 121374
  • Autor : id_pablo_NR
  • Publicado : Domingo 31 de Julio de 2011 14:12 desde la IP: 189.245.76.130
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
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  • Autor
    Consulta

  • id_pablo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas Tardes,


    Quisiera que me orientaran  y dar su opinión sobre mi situacion, actualmente trabajo en un Call Center como "socio industrial" por obvias razones el patrón no nos a dicho cuales son las ventajas de trabajar como "socio industrial", mis compañeros y yo no sabemos si tenemos derecho a utilidades y sobre todo nos gustaria saber  que esperar al ser liquidados.

    Agradesco su opinion y orientacion.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 233408

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Que no lo engañen; su Used está subordinado es empleado, punto, no socio; Si quiere saber su es socio, no recibirá sueldo ni salario, sino el 50% de las ganancias ¿Le está cumliendo su "socio capitalista"?:

     

    Vea la Ley General de Sociedades Mercantiles:

    .Artículo 16.- En el reparto de las ganancias o pérdidas se observarán, salvo pacto en contrario, las reglas siguientes:

     I.- La distribución de las ganancias o pérdidas entre los socios capitalistas se hará proporcionalmente a sus aportaciones;

    II.- Al socio industrial corresponderá la mitad de las ganancias, y si fueren varios, esa mitad se dividirá entre ellos por igual, y  

     

    III.- El socio o socios industriales no reportarán las pérdidas. 
    Artículo 17.- No producirán ningún efecto legal las estipulaciones que excluyan a uno o más socios 
    de la participación en las ganancias. 



  • Autor
    Respuesta No: 233413

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los socios ...no son tran¡bajadores,.... y por ende no estan sujetos a las sig¡tuaciones de la ley federal del ttrabajo...imsss....infonavit....o bien comenta calvatriste (saludos afectuosos y efusivos y poco sarcasticos).... los socios insudtriales estan sujeto a la ley de sociedades mercantiles... y no pueden ser liquidados o finiquitados o tienen derecho a utilidades...solo sobre las ganancias...si la empresa no demustra gannacias... no cobras...



  • Autor
    Respuesta No: 233419

  • SKINERF
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Pero no vamos a creerle al patroncito; ¿esta usted subordinado? ¿firmo un contrato DE TRABAJO?

     

    Si usted no firmo como Socio, o no firmo nada; es usted trabajador.



  • Autor
    Respuesta No: 374798

  • TAURINA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola buenas noches, efectivamente algunos Empresarios usan estos conceptos para evadir responsabilidades legales y eso es contra sus derechos. Señor Pablo usted firmó un contrato? si es así debe conocer cómo fué contratado y si no lo tiene, entonces lo puede constatar con el recibo que le dan de su pago ahí debe tener el concepto de su función en dicha Empresa y si tampoco tiene un recibo, entonces estimado Sr. está en una Empresa fraudulenta, cuidado hay muchos de estos, no sé cuánto tiempo tenga de antigüedad, pero si ya tiene más de 2 años mejor demandelos porque si deja pasar más tiempo no cobrará nada.

     

    Ahora le hago esta pregunta Usted cree que ser socio es solamente porque aporta su trabajo?

    Saludos, suerte!



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