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NUMERO DE ESCRITURA
- Consulta : 117200
- Autor : mariposa
- Publicado : Lunes 20 de Junio de 2011 16:01 desde la IP: 189.216.37.9
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,485
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 20 de Junio de 2011
dentro de un contrato de compra-venta de inmueble, en el apartado de las transcripciones ponen: el Sr. fulano de tal ... otorgo testamento publico abierto en terminos de la escritura publica numero (por ejemplo) .. dos mil quinientos 6 ....
yo tengo copia del original y el no, de escritura es el dos mil quinientos 5 ...
que pasa aqui? ... porque en el contrato de compraventa del inmueble ponen un numero distinto ... cuando se hace el testamento se hacen dos?
ay ... por favor ayudenme a ver que pasa si? mil gracias¡¡¡
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 227909
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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Junio de 2011 21:51 2011-06-20 21:51 desde IP: 189.216.123.142
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Autor
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AutorRespuesta No: 227920
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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Junio de 2011 22:29 2011-06-20 22:29 desde IP: 189.240.1.144
Mariposa, ¿cual es la pregunta en si?, pues no entiendo a que se refiere.
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Autor
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AutorRespuesta No: 227924
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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Junio de 2011 22:49 2011-06-20 22:49 desde IP: 189.217.137.16
mariposa
Puede ser un simple error involuntario de transcripcion que no tiene relevancia alguna, dado que las partes contratantes pueden subsanarlo mediante el documento idoneo como lo es la escritura original del inmueble.
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Autor
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AutorRespuesta No: 227932
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Junio de 2011 07:06 2011-06-21 07:06 desde IP: 189.216.121.51
mil gracias don abomau68 ,... una dudita mas ... el contrato de compra venta dice lo siguiente :
TERCERA.- El inmueble o inmuebles enajenados pasan a poder de la parte compradora, libres de todo gravamen y al corriente en el pago de todas sus contribuciones e impuestos, pero si apareciere algún adeudo originado con anterioridad a este acto, incluyendo adeudos de carácter fiscal, estatal o municipal, los mismos serán cubiertos por la parte vendedora, quien además queda obligada a responder al saneamiento para el caso de evicción conforme a derecho.
QUINTA.- Convienen las partes en dejar precisado que en la celebración del acto jurídico contenido en este instrumento, no existe vicio alguno en la voluntad que lo pueda nulificar, por lo que renuncian desde ahora al ejercicio de acción jurídica alguna que se pueda derivar de dicha situación, y dejan también constancia las partes de que el precio pactado es justo, por lo que también renuncian al ejercicio de acción alguna derivada de diferencia en el precio.
Que indica lo subrayado?
mil gracias y perdon por la molestia ... buenos dias¡¡
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Autor
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AutorRespuesta No: 227965
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Junio de 2011 11:45 2011-06-21 11:45 desde IP: 189.216.220.28
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AutorRespuesta No: 228006
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Junio de 2011 15:08 2011-06-21 15:08 desde IP: 189.217.114.85
mariposa
Lo que se encuentra subrayado en la CLAUSULA TERCERA, se refiere a que si con posterioridad al la celebracion del contrato de COMPRA-VENTA apareciere algun adeudo originado por algun requerimiento de pago formulado por autoridad fiscal, municipal o estatal el VENDEDOR se OBLIGA con el comprador a cubrir dichos gastos. Ahora bien respecto del saneamiento por eviccion este consiste en la responsabilidad del vendedor ante el hecho de que el comprador quede parcial o totalmente privado del inmueble objeto de la compraventa por derechos de terceros que desconociese el comprador al celebrar el contrato. En este caso el vendedor se obliga a garantizar la POSESION LEGAL del inmueble al comprador y a recuperar el objeto de la compraventa coadyuvando con el comprador en caso de que este sea privado del inmueble por un tercero.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 228286
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Junio de 2011 19:04 2011-06-22 19:04 desde IP: 189.216.79.35
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AutorRespuesta No: 228315
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Junio de 2011 23:29 2011-06-22 23:29 desde IP: 187.194.79.150
saludos mariposa...
efectivamente....
si hubiera un problema en el registro publico... o en cuanto a la propiedad... el vendedor se obliga a sanear ese problema.....pero para evitar esto... siempre es bueno sacar documewntos del registro publico... certificado de libertad de gravamenes actualizado al momento de la firma.... y no firmar nada... si es que hay un gravamen o embargo pendinte.....
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