- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
QUE ES UN EMBARGO????
- Consulta : 1157
- Autor : aksonfyd_31_NR
- Publicado : Miércoles 17 de Diciembre de 2008 11:19 desde la IP: 189.144.250.75
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,602
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 17 de Diciembre de 2008
hola buen dia, quisiera que alguien me ayudar a despejar la duda de que es un embargo????
todos pensamos que es cuando van a tu casa y se llevan tus cosas para cubrir alguna deuda que tengas con alguna institucion, pero otros me dicen que para embargar primero van a tu casa y hacen un estudio para ver que pueden embargar y despues tiene que haber un juicio para que proceda el retiro de tus bienes.
agradezco su atencion y respuesta gracias!!!!
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 2739
-
Un embargo, solo se puede llevar a cabo mediante la orden directa de un Juez. Se practica al final de un Juicio cuando se condena a alguien a pagar y ese alguien no lo hace. También se lleva a cabo al inicio de un Juicio cuando existe un documento que demuestre la deuda (pagaré, cheque o contrato de crédito) y que ya haya vencido.
Es importante comentar que no todo es embargable (refrigerador, cama, ropa, comedor, útiles de trabajo, siempre que no sean de lujo), además de que pueden o no llevarse lo embargado.
En caso de que pretendan embargarte verifica que asista un ACTUARIO, directamente de un Juzgado, que el nombre y la dirección de la persona buscada sean los correctos, que esa persona realmente viva ahí y que ella tenga bienes a su nombre, de otro modo NO se puede realizar el embargo.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 2740
-
El orden es el siguiente:
1.- Hay un juicio ejecutivo mercantil que comunmente es por un pagaré o deuda con algun establecimiento.
2.- Llega un actuario al domicilio para notificarte que al dia o en los dias siguientes va a ver una diligencia judicial que tienes que estar o se realiza con la persona que este en el domicilio o hasta con los vecinos.-
3.- Se realiza por medio del actuario y normalmente el abogado de la parte contraria, te identifican señalas bienes , pides que te consideren como depositario para que no los saquen.
4.- si no contestas en 5 u ocho dias la demanda , ahora si van por los bienes señalados y si es necesario con la fuerza pública.
mas o menos asi va.
-
Autor