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ESCRITURAS.

  • Consulta : 111379
  • Autor : ccarlosvera_NR
  • Publicado : Lunes 02 de Mayo de 2011 20:38 desde la IP: 189.144.78.37
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,487
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  • Autor
    Consulta

  • ccarlosvera_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes.

    Mi madre celebro una "cesion de derechos" con un señor con el cual viviamos (su amante), es decir el señor le cedio el inmueble a mi madre, este contrato no se celebro ante notario y no se si sea valido, esta cesion de derechos se entrego a la compañia que nos vendia el inmueble la, compañia la acepto y cambio el nombre de a quien se emitian los recibos de pago, mi madre tiene recibos de pago emitidos por la compañia a su nombre, asi como pagos de predial, agua luz y telefono minimo de 6 años. El señor rompe la relacion, con mi madre, y se va de la casa, pasado un tiempo el señor pide escriturar el departamento a su nombre (ya que mi madre habia acabado de pagarlo), el señor fallece pero su esposaya que al parecer nunca se divorcio sigue con el juicio por las escrituras, mi madre no puede escriturar ya que le dicen que la cesion no fue ante notario publico. Al parecer el señor no dejo testamento alguno.

    Necesito ayuda de como proceder, la señora quiere quitarnos la casa que mi madre termino de pagar.

    Como dato adicional la esposa  fue a pagar el predial del ultimo año sin nosotros saberlo. y es el unico recibo que tiene ya que como ya mencione tenemos viviendo aqui mas de diez años y pagando todo nosotros.

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 221778

  • futuroabogado
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas noches

    Mira lo que tienes que hacer es una prescripción postiva de buena fe. no importa si el contrato esta ante notario o no. con los recibos que tienen, más los años viviendo ahí, más un par de testigos que sepan que tu mamá es la dueña, entre otras cosas puedes iniciar este tipo de juicio, ahora no se de que manera la señora del difunto esta tramitando las escrituras sería importante saberlo, ya que si los involucra a ustedes en una demanda para obtenerlas, (que en este momento no se me ocurre como podria ser) al contestar la demanda ustedes tienen que reconvenir (contrademandar) la prescripción que te menciono.

    Espero que te ayude esta respuesta.



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