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JUICIO MERCANTIL ¿ME PUEDEN EMBARGAR?

  • Consulta : 1094
  • Autor : hbalcazarp_NR
  • Publicado : Martes 16 de Diciembre de 2008 13:05 desde la IP: 189.188.19.212
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,606
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  • Autor
    Consulta

  • hbalcazarp_NR
    NO REGISTRADO

    Que tal debo en una casa comercial y me llego  una Notificación que si no pago me van a embargar. Según los art. 1393 y 1394 del codigo de comercio. La verdad no me habian llegado avisos y este llego un día despues del dia que me señalan como limite. . El Bufete de Cobranza es del DF y mi deuda es en Poza Rica, Veracruz donde vivo, se puede hacer esto. Quiero pagar pero se me hace mucho lo que me piden, que puedo hacer.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2461

  • cs_holguin
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    mira, nadie te puede embargar nada más porque si, para eso necesitan que hayan ganado un juicio civil, mismo que primero se te tiene que notificar personalemte para que te puedas defender, por lo que ese despacho en México no puede embargarte sin antes tener una sentencia favorable,  Yo te recomiendo que vayas a la casa comercial a hacer un convenio de pago y de esa forma ya no te preocupes más.



  • Autor
    Respuesta No: 2462

  • yhb
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lo que te llegó fue una carta de cobranza extrajudicial, en donde no te ponen todos los artículos del Código de Comercio, sino, solamente los del embargo. Para embargarte, debe haber una orden judicial, por lo cual deben demandarte, al notificarte si te pueden hacer un embargo precautorio. Si no tienes bienes inmuebles a tu nombre, y las cosas muebles que tengas, están a nombre de otra persona, no podrán llevarse nada y si lo hace, meterás una tercería excluyente de dominio. No confundas la cobranza extrajudicial con las órdenes de un juez. El único que puede entrar a tu domicilio es el Juez, pero tiene que acreditar su facultad. Aunque te lleguen este tipo de cartas, con amenazas de embargo, fijando un día en específico, no les hagas caso, es extrajudicial. Mandan cartas en forma masiva, ese es su trabajo, recuperar dinero que se debe. Si gustas, busca el Código de Comercio, revisa los artículos que mencionas, lee todo el capítulo, para que veas como sólo te ponen algunos artículos y no toda la información.



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