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ES JUICIO ORDINARIO CIVIL O EJECUTIVO???????????

  • Consulta : 107988
  • Autor : panchopanteraxx_NR
  • Publicado : Lunes 04 de Abril de 2011 15:29 desde la IP: 189.144.35.201
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,491
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  • Autor
    Consulta

  • panchopanteraxx_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    BUENAS TARDES ABOGADOS, ESPERO CONTESTEN MI CONSULta: Estoy por iniciar un juicio cuya base de la acción es un contrato de prestamo con garantía hipotecaria celebrado ante notario público. No se si deba iniciar el juicio ordinario civil de rescisión de contrato o un juicio ejecutivo, lo que me interesa es la adjudicación del bien inmueble y no el cumplimiento de la obligación de pagar el préstamo, el cual ya venció hace casi um año. Muchisimas gracias de antemano, me urge saber la vía correcta pues tengo tres días para iniciar el juicio.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 218000

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Cualquiera de las  2 vias es posible, sin embargo existen estados en los que además, tratándose de contratos de hipoteca, existen vias especiales para ejercitar la acción hipotecaria por falta de pago. En caso de que en la Entidad no exista la via especial hipotecaria, entonces te recomiendo que ejercites la acción de pago, en la vía ejecutiva y solicites el embargo del bien inmueble que fue objeto de la hipoteca, a efecto de que al dictar sentencia ejecutoria se pueda remata rel bien.



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