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ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR

  • Consulta : 103704
  • Autor : marlem_gm_NR
  • Publicado : Sábado 26 de Febrero de 2011 23:19 desde la IP: 189.144.99.54
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
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  • Autor
    Consulta

  • marlem_gm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    hola resulta que yo tenia un predio del cual descuide mas de 20 años  por cuestiones personales y resulta que el año pasado al dirigirme a pagar al ayuntamiento mis adeudos de predial me mencionan que ya habia un juicio y que ya no era mio , por lo que recurri con un abogado y me  tramito una demana de nulidad de juicio concluido  por que el señor que me quito el predio habia tramitado un juicio de usupapio para que el fuera el dueño , pero me han comentado que no voy a ganar el juicio y que solo me van a sacar el dinero por que la entencia salio  en el 2008, por lo que mi abogado me dijo que solicitara copias de todo el expediente el año pasado en marzo y me comenta que apenas se le emplazo a esta persona en este año, pero mi preocupación es que el amigo de mi hijo me dijo que no era la via q los abgdaos habian tramitado que era un amparo indirecto y que no iba a recuperar mi juicio alguien seria tan amable de explicarme o orientarme   yo no se que es el amparo y cada que le pregunto a mi abogado me evade y solo me dice que necesita mas dinero.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 212792

  • LICCORTESJUAREZ
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    son dos caminos los que le pueden permitir ganar el asunto, efectivamente uno es la nulidad de juicio concluido y la otra es la demanda de amparo donde se alega ante juez federal la incostitucionalidad del emplazamiento, lo cual no le permitió tener conocimiento del asunto, esto daría pauta para reponer o hechar abajo todo ese juicio de usucapion para poder enderezar una defensa adecuada. realmente tendría que estudiar sus copias simples de todo el asunto para ayudarla con un punto de vista más claro 045 22 21700959



  • Autor
    Respuesta No: 212813

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguido Consultante

    Con la poca información que usted aporta no es posible determinar la acción que usted puede tomar, ejemplo si esta persona ingreso de mala fe y tramito la usucapión requería 10 años de posesión, hay que determinar si no cumplió con los requisitos establecidos puede proceder la nulidad de juicio concluido,  pero puede ser que alguien le vendió, hasta tanto no se conozca los motivos y fundamentos de la acción de usucapión no es posible determinar qué acción usted debe tomar, existen más de 4 acciones posibles, puede ser desde la nulidad del juicio concluido hasta la acción publiciana

    El Juicio de Amparo   únicamente puede promoverse por la parte a quien se le es afectado; al referirnos al afectado es que ha sido perjudicado por la autoridad, y de su relato infiere que se trata de un particular y no una autoridad la que dispuso de su terreno, por lo que en los términos expuestos por usted el Juicio de Amparo es notoriamente improcedente

    Su amigo lo está mal asesorando, y no conoce el derecho,  requiera a su abogado una explicación por escrito y si su abogado no le resulta, cámbielo sino lo cambia y es de toda su confianza déjelo trabajar

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx

     

     

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 212832

  • zutareko
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    el consultante refiere que tuvo conocimiento extrajudicial en el municipio que el predio ya no era de el,ademas interpuso un juicio de nulidad (para nulificar el anterior claro, ¿entonces si ya hubo un juicio legal seria ante juzgado civil de la cual se desprende un ejercicio de autoridad la cual da pie para recurir a un amparo porque una autoridad judicial sentencio sin ser notificado ni oido en juicio.

    es mejor leer el expediente y asi saber como preparar la defensa

     



  • Autor
    Respuesta No: 212833

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    Usted tiene un serio problema de afectación patrimonial por la irresponsable actuación de quien le "asesora" o de quien se ostenta ante Usted como su abogado.

    En este momento, prácticamente puedo decirle que Usted ya perdió toda posibilidad de exito en su caso.

    Por una parte, la nulidad de juicio concluído es absolutamente improcedente porque su caso no encuadra en ninguna de las hipótesis prevista por la ley para ese efecto.

    Efectivamente, el juicio de amparo indirecto, por falta de emplazamiento legal al juicio de usucapion, era la estrategia procesal adecuada. Sin embargo, al haberse Usted dado por enterado del juicio de usucapion o prescripción positiva desde el momento en que promovió el diverso de nulidad, Usted perdió la oportunidad de promover el amparo al haber transcurrido el plazo de quince días hábiles para interponerlo mismo que corre a partir de que Usted tuvo conocimiento de la existencia del juicio de usucapion.

    Le recomiendo, sin muchas expectativas a su favor, que consulte con un Abogado, no coyote, no tinterillo.

    Saludos cordiales.



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