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LIQUIDACIóN OBRA DETERMINADA
- Consulta : 102685
- Autor : erdc5_NR
- Publicado : Sábado 19 de Febrero de 2011 10:32 desde la IP: 189.245.31.147
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,492
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 19 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen dia.
En mi contrato dice " ... contratacón temporal y/o por obra determinada, motivo por el cual se celebra dicho contrato".
Trabajo en el sector financieron, en e área de sistemas y estoy contratado por otra empresa que es de recursos humanos. En el primer mes cometi un error humano que no genero perdidas a la emrpresa y que atribuyo ala carga excesiva y presión de trabajo , ayer debido a otro error humano el cual no considero grave dado que tampoco genero perdidas a la empresa me dijeron que la empresa no podia seguir corriendo "riesgos" y que se estaba dando por terminada la relación laboral, como detalle adicional me hicieron quedarme ahasta las 10pm (entre alas 9am) para decirmelo.
A todo esto mi duda es, que debo esperar por parte de la empresa un finiquito (que si no entiendo mal solo son las partes proporcionales de prestaciones) o una liquidacion (que son los 90 dias y ago mas...) ??? , que puedo yo reclamar ??
Gracias por su atención
Eduardo
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379261
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Mayo de 2015 15:59 2015-05-08 15:59 desde IP: 189.253.142.104
Hola buenas tardes, primeramente, tiene que saber dos cosas: Si su contrato dice que es por tiempo determinado se debe expresar claramente el tiempo por el que usted va a laborar y las actividades a realizar, esto es así para que atendiendo a la naturaleza de las actividades sea o no por tiempo determinado; por otra parte si fue falta de probidad de usted por la que lo quieren despedir, la empresa tiene que hacerle de conocimiento por escrito los motivos; entonces si lo que quieren es que firme una renuncia, es a todas luces es un despido injustificado. Lo primero es no firmar la renuncia, por que si la firma es como si usted qusiera dejar de trabajar, y solo tendria derecho a sus partes proprocionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, si no firma tendría derecho a tres meses y sus prestaciones; si desea una asesoria o cuantificacion con gusto un mensaje o llamada al 5522549667, tambien recibo wathsapps, Suerte.
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