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EMBARGO DE AUTOMOVIL POR ADEUDO DE 2,000.00 SUPUESTAMENTEHIDALGO
- Consulta : 102
- Autor : maryan.ochoa_NR
- Publicado :
Martes 25 de Noviembre de 2008 10:03
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,615
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 25 de Noviembre de 2008
ADQUIRI UN PRESTAMO PERSONAL CON UNA EMPRESA DE CREDITO EN HIDALGO, EL CUAL EN SU MOMENTO YO LIQUIDE Y ANTES DE LIQUIDAR TUVE UN ATRASO DE DOS MIL PESOS EL CUAL DESPUES YO OBTUVE LA CARTA LIQUIDACION DE PRESTAMO, HACE MES Y MEDIO ME ENVIARON UN OFICIO DE EMBARGO A MI DOMICILIO EL CUAL EL INMUEBLE NI EL AUTO ESTA A MI NOMBRE, HACE OCHO DIAS LLEGO UNA GRUA A RECOGER EL AUTO DE MI MARIDO POR EL SUPUESTO ADEUDO CON ELLOS QUE DE LUGAR DE SER 2000 PESOS DICEN QUE LES PAGUE 12 000 PESOS PERO NO LES VOY A PAGAR POR QUE YA LIQUIDE DESDE HACE MUCHO TIEMPO. COMO LE HAGO PARA RECUPERAR MI AUTO, CONTRATE A UN ABOGADO Y ME COMENTO QUE ESTA EMPRESA TIENE BUENOS CONTACTOS CON LOS JUECES DEL ESTADO. Y ESO NO IMPLICA QUE HAGA YO VALER MIS DERECHOS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 193
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Hay un juicio que se tramita en forma paralela al principal, en el que ha sido embargado el vehículo, se llama tercería excluyente de dominio, la que tendrá que promover su marido, como propietario del automóvil, tiene el fin de probar la propiedad y que se destrabe el embargo, como no puede embargarse bien alguno que no sea propiedad de la persona contra quien se dirige la demanda, sin embargo tiene la desventaja de facultar al actor(quien presenta la demanda) de volver a solicitar se embarguen bienes propiedad del deudor. Lo conveniente es contestar la demanda, si tiene una liberación de pago, aportarla como prueba documental y oponer la excepción de pago, espero que aún esté dentro del término, pues podría perder el derecho a contestar, para la interposición de la tercería no hay término.
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Autor
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AutorRespuesta No: 214
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Difiero un poco del anterior forista, ya que en su caso no promoveria una terceria excluyente de dominio, ya que por ende en el momento de realizar la diligencia de embargo, y si el vehiculo esta en su domicilio se presupone es de su propiedad, yo te recomiendo en primer termino que busques otro abogado, ya que esta persona se no esta velando por tus intereses, mas sin embargo te esta amedrentando, ten a la mano tu carta finiquito, por si efectivamente se entablo juicio mercantil en tu contra, puedas demostrar que ya liquidaste el adeudo. Tengo dos buenos amigos abogados en hidalgo, por si te interesa.
Cualquier cosa te dejo mi correo
lic.pedro_arturo@yahoo.com.mx
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AutorRespuesta No: 383
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AutorRespuesta No: 394
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No se presupone, abogado del diablo, se presume, por supuesto es una presunción juris tantum, la cual puede destruirse con pruebas, como lo sería la factura del automóvil, en cuanto a la eficacia de las documentales que propongo, creo que resultan idóneas para la procedencia de la excepción de pago.
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AutorRespuesta No: 428
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Las diligencias de embargo se deben de entender personalmente con el demandado, por lo que nos dice "una grua llego por el carro", sin que estuviera alguna autoridad para certificar ese acto, desde mi punto de vista es un Robo. Lógico se necesitan más datos para poder dar una opinión más acertada.
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AutorRespuesta No: 5444
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Enero de 2009 12:44 2009-01-09 12:44 desde IP: 201.134.6.94
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