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EMBARGO DE SALARIO POR ALIMENTOS
- Consulta : 101394
- Autor : j.montero_NR
- Publicado : Miércoles 09 de Febrero de 2011 17:06 desde la IP: 189.234.8.38
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,491
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 09 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
hola que tal, quisiera que me ayudaran resolviendome la siguiente questión, en el convenio de divorcio voluntario que firme con mi marido establecimos una cantidad de 5oo quincenales, por alimentos de mi hijo, en virtud de que no tenia en ese entonces un trabajo estable, pero ahora ya lo tiene y le pagan por nómina, puedo pedirle al juez ke se ordene el descuento directo de la pension alimenticia de su salario? cómo lo hago? gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 209692
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 20:59 2011-02-09 20:59 desde IP: 189.234.189.245
tu abogado sabe que hacer....quien les llevo el asunto... sabe que tiene que hacer...
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Autor
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AutorRespuesta No: 209699
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 21:25 2011-02-09 21:25 desde IP: 189.249.41.23
Hola j.montero:
La pensión alimenticia debe ser "proporcional a los ingresos del deudor y a las necesidades del acreedor" lo cual significa que el acreedor alimentario, en este caso el menor de edad, sigue la suerte económica de los ingresos del deudor es decir del Progenitor, por ello es necesario presentar ante el Juez familiar un incidente de modificación de pensión alimenticia, ofreciendo entre otras la prueba consistente en el informe que rinda la empresa donde trabaje actualmente el papa del menor.
Con esta prueba se acreditará el cambio de situación económica del deudor, y en consecuencia resultará procedente adecuar la pensión a los actuales ingresos del deudor alimentario.
Por otro lado, es importante señalar y demostrar que los $500.,00 quincenales, resultan insuficientes para proporcionar al niño la suma de satisfactores que debe cubrir la pensión alimenticia, es decir: vestido, sustento, habitación, atención médica, educación y sano esparcimiento.
Espero que esta información le resulte de utilidad.
Atte:
Lic. Víctor Luna, Luna Castro y Asociados S.C.; Cel 5527745706
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Autor
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AutorRespuesta No: 209701
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 21:41 2011-02-09 21:41 desde IP: 189.212.77.179
Debido a que la situación económica de su contra parte mejoró usted puede solicitar una aumento de pensión alimenticia, con fundamento en el hecho de que ha cambiado la posibilidad eeconómica del deudor alimentario, en ese caso deberá pedir también que se le descuente vía nómina.
Saludos
Lic. Elizabeth López
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Autor