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NO SE ANEXAN COPIAS SUFICIENTES A DEMANDA DE AMPARO
- Consulta : 1010
- Autor : quique10_NR
- Publicado : Domingo 14 de Diciembre de 2008 11:12 desde la IP: 187.134.26.84
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,602
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 14 de Diciembre de 2008
ME DA MUCHO GUSTO SALUDARLOS Y PODER CONSULTAR A EXPERTOS EN LA MATERIA, FIJENSE QUE SOY UN ESTUDIANTE DE DERECHO Y PROMOVI UNA DEMANDA DE AMPARO CONTRA ORDEN DE APREHENSION.
EL CASO ES QUE SOLO ANEXE A LA DEMANDA 9 COPIAS Y EL TRIBUNAL FEDERAL ADMITIO LA DEMANDA, PERO ME NOTIFICO QUE NO ANEXE LAS COPIAS SUFICIENTES PARA QUE ME PUEDA SER CONCEDIDA LA SUSPENSION PROVISIONAL DEL ACTO RECLAMADO.
LA PREGUNTA ES
1.-¿EL QUE NO HAYA ANEXADO LAS COPIAS SUFICIENTES DE QUE MANERA AFECTA EL JUICIO DE AMPARO?
2.-¿DE QUE MANERA TENGO QUE OFRECER LAS DOS COPIAS FALTANTES, EN DONDE EN OFICIALIA DE PARTES O DIRECTAMENTE EN EL JUZGADOD E DISTRITO?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2256
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AutorRespuesta No: 2299
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Debes presentar un escrito en el que des cumplimiento al requerimiento del juez y anexas las copias suficientes, lo presentas directamente en el juzgado que te requirió.
En materia penal no se desechará la demanda por falta de copias, pero si debes de exhibir las copias que te requieran.
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AutorRespuesta No: 2391
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Autor
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AutorRespuesta No: 2394
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El Juez te va a prevenir para que las exhibas, y como la ley te da un orden a quien hay que correr traslado, al final siempre estan las de la suspensión, es por eso que si le dan tramite al amparo, más no a la suspensión , ya que esta se lleva por cuerda separada; nada más acompañalas al Juzgado en donde se lleva el Amparo y listo.
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AutorRespuesta No: 4510
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Enero de 2009 14:38 2009-01-02 14:38 desde IP: 189.236.49.39
En práctica si no la presentas las copias el juez las mandará a sacar de oficio; pero esto retrasaría el conocimiento de tu asunto, ya que en cuanto le den vista al misnitario público, este señalara en su pedimento que el Juzgado se haga de las copias; pero es un poco tardado, a manera de recomendación presenta tu mismo las copias ante el juzgado que este radicado el asunto
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AutorRespuesta No: 4560
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Enero de 2009 20:58 2009-01-02 20:58 desde IP: 189.181.100.226
HOLA: Felicidades Lic Acevedo, ahi tienen la respuesta tal y como la dio el Licenciado, la prevencion hecha se debe desahogar ante el Juez de Distrito que previno el asunto, por otro lado en efecto el juicio de amparo tiene tramite,pero el Capitulo de suspension, no tendra tramite si no se desahoga dicha prevencion...
Ahora bien Algunos estudiosos del Derecho han analizado el juicio de Amparo Mexicano incluso Colombia se impuso de este juicio tan especial protector de garantias y cuando ven en la practica lo que hacen los jueces se hacen pipi ...de la Risa de la sarta de absurdos que cometen como eso de las copias ya que sin mayor tramite deberian de admitirla tanto el Amparo como la Suspension y claro a uno como abogado ponente le da coraje escuchar ...pero eso lo han hecho esos jueces gordos, viejos y tontos que componen el poder judicial y sus nalgonas de secretarias que tan solo para eso sirven porque muchas fueron sus alumnas.cuando muchos de ellos no llevan ni una hora como litigantes..pero esto es Mexico si naciera Manuel Crecensio Rejon de moria....de ver como han despedazado el jucio de amparo..
LIC. ESTRADA
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Autor
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AutorRespuesta No: 4579
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Enero de 2009 23:19 2009-01-02 23:19 desde IP: 189.142.156.126
ESTIMADOS AMIGOS, EN MI OPINION, AL SEÑALAR EL FORISTA QUE EL JUICIO DE AMPARO SE ENDEREZO SEÑALANDO COMO ACTO RECLAMADO UNA ORDEN DE APREHENSION, SE SOBREENTIENDE QUE SE TRATA DE UN AMPARO INDIRECTO, EN CUYO CASO DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE LA MATERIA, EN CASO DE FALTAR LAS COPIAS NECESARIAS SE MANDARA A PREVENIR AL QUEJOSO O A QUIEN PROMUEVA PARA QUE PRESENTE LAS COPIAS QUE EN LA MISMA PREVENCION SE LE INDIQUE, EN ESTE CASO SE ADMITIO EL CUADERNO PRINCIPAL Y FUE EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION EN DONDE FALTARON LAS COPIAS, Y DIGO QUE NO ESTA OBLIGADO EL JUEZ DE DISTRITO A MANDAR A SACAR LAS COPIAS PORQUE LA LEY DE AMPARO SEÑALA QUE SE DARA VISTA AL MPF, Y SEGUN LO QUE EXPONGA SE ADMITIRA O SE DESECHARA LA DEMANDA. COSA QUE NO OCURRE CON EL AMPARO DIRECTO, EN DONDE TRATANDOSE DE MATERIA PENAL, LA AUTORIDAD RESPONSABLE ANTE QUIEN SE PROMUEVA LA DEMANDA, DEBERA DE SUBSANAR LA FALTA DE DICHAS COPIAS. EN EL AMPARO INDIRECTO EL JUEZ DE DISTRITO SI ESTA OBLIGADO A SACAR LAS COPIAS SOLO CUANDO SE TRATA DE UNA DEMANDA POR COMPARECENCIA, COSA QUE YA ES OBSOLETA. ES MI PUNTO DE VISTA. NO SOY ABOGADO, SOY ENFERMERO, PERO EN LA ESCUELA LLEVE DERECHO COMO ASIGNATURA Y CREO QUE ASI ES COMO SUCEDE, PERO LA MEJOR OPINION LA TIENEN USTEDES ABOGADOS.
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Autor
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AutorRespuesta No: 4586
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Enero de 2009 02:14 2009-01-03 02:14 desde IP: 189.245.28.164
Es 1000 veces mas fácil cumplir el requerimiento del JD exhibiendo las copias que faltaron.
Cuando litigaba, incluso me llegaron a requerir la "protesta de decir verdad" aunque ya estaba puesta en la demanda, en ese caso, solía responder algo así: "en cumplimiento de los requerido por su señoría en auto de fecha xx-xx-xxx, NUEVAMENTE manifiesto bajo protesta de decir verdad.... ETC. reiterando la manifestación bajo protesta que aparece en la demanda de garantías en el párrafo "X"Hay que comprender que esas son argucias de los secretarios para darse mas tiempo a acordar de fondo cuando reciben demandas cuyo fondo sencillamente no entienden.Suerte.:) -
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AutorRespuesta No: 4620
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Enero de 2009 15:23 2009-01-03 15:23 desde IP: 189.181.58.207
HOLA: Esas acciones que comentas.. sabes que otro nombre reciben.... pero estos funcionarios huevones y sonsos estan acabando con la maxima institucion de legalidad en Mexico....pero sigamos quedandonos callados.
LIC. ESTRADA
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