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TEMA EN FISCAL
- Consulta : 100887
- Autor : aloma_12_NR
- Publicado : Viernes 04 de Febrero de 2011 22:39 desde la IP: 189.188.221.39
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,482
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 04 de Febrero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 208893
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Febrero de 2011 22:48 2011-02-04 22:48 desde IP: 189.216.173.196
Ya lo he mencionado en otras consulta similares. La inconstitucionalidad de los organismos fiscales autónomos como órganos ejecutores en donde son parte al mismo tiempo. Si a Usted alguien le debe dinero, debe acudir ante la autoridad para hacer valer su crédito con las pruebas necesarias, Usted no puede embargar a su deudor de forma directa, necesita una orden de autoridad competente que funde y motive la razón legal del procedimiento. Sin embargo, el SAT, IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, etc... sólo emiten un crédito fiscal y ellos mismos lo ejecutan sin necesidad de acudir a ninguna autoridad. Esa es mi recomendación y suerte.
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Autor
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AutorRespuesta No: 208894
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Febrero de 2011 22:49 2011-02-04 22:49 desde IP: 189.168.84.225
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Autor
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AutorRespuesta No: 208900
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Febrero de 2011 23:19 2011-02-04 23:19 desde IP: 187.194.32.175
CAUSAS DEL INCUPLIMIENTO DEL GOBERNADO EN MATERIA FISCAL.
RESITSTENCIA DEL PARTUICULAR AL CUMPLIR CON LA OBLIGACIÒN FISCAL.
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AutorRespuesta No: 208984
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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Febrero de 2011 19:02 2011-02-05 19:02 desde IP: 187.144.35.113
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