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RESOLUCION CONAGUA
- Consulta : 100823
- Autor : alfredo cruz
- Publicado : Viernes 04 de Febrero de 2011 14:51 desde la IP: 189.155.122.104
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,496
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 04 de Febrero de 2011
Buenas tardes a todos.
Si alguien me puede ayudar: el 13 de Diciembre me resolvio en negatoiva al comision nacional del agua, con respecto a una concesion para un pozo de uso domestico. el 3 de Enero de 2011 se vence el plazo legal para un recurso de revision el cual se interpuso. Se que tengo 45 dias para poder llevar el caso a un juzgado, pero a partir de cuando? contados desde el 13 de Diciembre o de cuando den la respuesta del recurso de revision? porque se que la depencdencia tiene 90 dias para responder, entonces si me espero a la respuesta, se queda en firme la resolucion de diciembre?
Saludos a todos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 208800
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Febrero de 2011 15:24 2011-02-04 15:24 desde IP: 201.110.78.155
Usted tiene que esperar a la resolucion al recurso que promovio.
Si la respuesta que le den no le satisface, pueda interpone ahora si, el juicio de nulidad ante el TFJFA dentro de los 45 dias siguientes al que surta efectos la notificacion de la "sentencia" del recurso.
Asesorese personalmente de abogado especialista en materia admisnitrativa para que su asunto prospere de la mejor maenra.
Saludos cordiales.
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Autor
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AutorRespuesta No: 209353
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 13:44 2011-02-08 13:44 desde IP: 189.155.122.104
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Autor
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AutorRespuesta No: 209380
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 16:02 2011-02-08 16:02 desde IP: 201.110.78.155
Nosostros nos ubicamos en la Cd de México, algo lejos y nada rentable para usted, pero no dudo que usted encuentre a un excelente abogado en este foro, que le pueda llevar su asunto sin problemas y darle la mejor solucion a su caso.
El costo es muy variable y depende de cada abogado, la forma de cobro y/o pago se puede fijar en un precio fijo, o por porcentaje, pero eso depende como le señalo del licenciado al que usted contrate en particular.
Le envio un cordial saludo y quedamos a sus ordenes.
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Autor
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AutorRespuesta No: 215263
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Fecha de respuesta: Martes 15 de Marzo de 2011 11:22 2011-03-15 11:22 desde IP: 189.231.6.9
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Autor
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AutorRespuesta No: 267041
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Mayo de 2012 21:30 2012-05-18 21:30 desde IP: 189.245.63.170
En efecto, si ha transcurrido más de tres meses desde que interpuso su recurso de revisión y la autoridad no lo ha resuelto, se puede interponer un Juicio de Nulidad por Negativa Ficta, o bien, esperar a que la autoridad resuelva el citado recurso de revisión.
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AutorRespuesta No: 267042
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Mayo de 2012 21:32 2012-05-18 21:32 desde IP: 189.245.63.170
También puedes forzar a la autoridad para resolver el recurso de revisión, interponiendo una Demanda de Amparo ante un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa.
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