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ADOPCION SIMPLE
- Autor : rogelius
- Fecha : Domingo 21 de Marzo de 2010 17:58
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- Descripción : ADOPCION SIMPLE
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Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 350 al 360 y demás relativos del Código Civil.
II.
El procedimiento se rige acorde a lo preceptuado en los dispositivos 871, 872 y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL QUINTO DISTRITO JUDICIAL, atentamente pedimos:
PRIMERO.- Tener a los promoventes por presentados en los términos del presente escrito, adminiculando al mismo documentos y copias simples de ley promoviendo la adopción del menor citado en la Vía de Jurisdicción Voluntaria;
SEGUNDO.- Señalar día y hora para que tenga verificativo la información testimonial propuesta;
TERCERO.- Tener por otorgado el consentimiento de la medre del menor en cita, en los términos del documento privado que anexamos, solicitando se fije día y hora para que tenga verificativo ante su señoría la ratificación del mismo;
CUARTO.- Dar al Representante Social adscrito la representación que legalmente le corresponde.
QUINTO.- En su oportunidad, previos los trámites de ley, resolver favorablemente a la solicitud de adopción que formulamos;
SEXTO.- En la resolución correspondiente, autorizar que el menor aludido lleve el nombre y apellidos propuestos, ordenándose se hagan las anotaciones correspondientes en el acta de adopción;
SEPTIMO.- Aprobada la adopción, y ejecutoriada la resolución enviar copia de las diligencias respectivas al Oficial del Registro Civil de El Naranjo S.L.P. y a la Dirección del Registro Civil en el Estado, a fin de que se levante el acta correspondiente.
OCTAVO.- Ordenar se nos expida copia certificada de todo lo actuado en esta Jurisdicción Voluntaria de adopción simple y concluida la tramitación decretar se nos devuelvan los documentos exhibidos, previa toma de razón y recibo que se deje en autos.
PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO.
Ciudad del Ma