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RECURSO DE REVISION CONTRA SENTENCIA EMITIDA DE UN JUICIO DE AMPARO INDIRECTO
- Autor : VTorres
- Fecha : Lunes 28 de Mayo de 2018 21:38
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- Descripción : RECURSO DE REVISION CONTRA SENTENCIA EMITIDA DE UN JUICIO DE AMPARO INDIRECTO
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las cosas, interrelacionando los contratos de edicin, la cartula de los libros en cuestin, con la constancia de Retencin de Impuesto, se debe resolver de manera indubitable que el suscrito s se ubica en las hiptesis contenidas en los artculos ___________ de la Ley del Impuesto sobre la Renta y ____________, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, numerales que se estiman que son inconstitucionales, tal y como lo destaqu en mis conceptos de violacin que aparecen en mi escrito de demanda de amparo. II.- Violacin a los artculos 76 y 78 de la Ley de Amparo, en virtud de que ordena a los juzgadores una apreciacin cuidadosa de las pruebas. Esto en atencin a que en la ejecutoria impugnada se establece: "_____________________________________________." Se ofrecieron de mi parte las pruebas siguientes: A) Constancia de Percepciones y Retenciones a los efectos del Impuesto sobre la Renta al ingreso de las Personas Fsicas. B) Contratos celebrados con _______________, en relacin a la edicin y publicacin de los libros _________________________________. C) Solicitud de inscripcin en la Direccin General del Derecho de Autor. De una apreciacin cuidadosa de esas pruebas debi haber llegado el Juez, tomando tambin en cuenta las consideraciones siguientes: a. Que por ingresos por regalas con motivo de derechos de autor, en relacin a dichas obras, tuve un impuesto retenido en la cantidad de $__________________. b. Que en los contratos demrito se habla de regalas por derecho de autor. REGALAS POR DERECHOS DE AUTOR Con motivo de la explotacin comercial que la Editorial har de la obra propiedad del Autor, le pagar una por concepto de derechos de autor que se integrar por una cantidad fija y otra variable, esta ltima en funcin del nmero de ejemplares que venda de la obra. La regala en cantidad fija ascender a la suma de $_______________ (pesos 00/100 M.N), cuyo pago ser exigible el ___ de _____________ de ________." "Las regalas en cantidad variable las pagar la Editorial, mensualmente al Autor en el plazo establecido en la clusula quinta en un porcentaje del precio de los ejemplares vendidos de la obra. El precio conforme al cual se determinarn las regalas correspondientes, ser el precio neto de venta al pblico de la obra, menos los descuentos sobre ventas que se otorguen por la Editorial." Violacin al artculo 5, de la Ley de Amparo en vigor, en sus fracciones II y III en relacin con la indebida aplicacin del artculo 74, fraccin lV, 76, 77 y 78, de la citada Ley, cuando en la sentencia recurrida se manifiesta: Del Secretario de Hacienda y Crdito Pblico, consistentes en la aplicacin de las Leyes impugnadas, en virtud de que dichas autoridades los niegan expresamente en el informe justificado que rindieron, sin que la parte quejosa haya aportado al sumario prueba alguna tendiente a desvirtuar esa negativa; por lo tanto, al respecto procede sobreseer en el presente juicio de garantas con fundamento en el artculo 74, fraccin IV, de la Ley de Amparo. Cabe agregar que los referidos actos de aplicacin no tienen el carcter de inminentes de acuerdo con el criterio sustentado por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin, consultable en la tesis jurisprudencial nmero treinta y uno, publicada en la pgina cuatrocientos, de la Primera Parte del Informe de Labores correspondientes al ao de mil novecientos ochenta y ciónco, con el rubro: "IMPUESTOS, SU DETERMINACIN Y COBRO NO SON ACTOS INMINENTES." a) El artculo 5o. de la Ley de Amparo, determina en la parte conducente que: "Articulo 5o La Suprema Corte de Justicia de la Nacin, ha sostenido que tratndose de juicios de amparo contra leyes que por su sola expedicin no cause perjuicio al quejoso y provenga de una autoridad, no debe de tomarse en sentido literal los lineamientos de la Ley de Amparo en vigor, y concretamente el artculo 5o., en su fraccin II, en relacin con el artculo 174, fraccin IV, de la citada Ley, ya que el acto de aplicacin de la Ley no debe necesaria y forzosamente efectuarse en forma directa por una autoridad en sentido estricto, sino que su realizacin puede provenir de un particular, en este caso __________________, que acta por mandato expreso de la ley. En estos asuntos el particular se reputa como auxiliar de la administracin pblica, sin que sea necesario llamar como responsable al particular, que e