- Inicio
- Formatos
Formatos Jurídicos y Legales Gratuitos
AMPARO CONTRA DESAUCIO
- Autor : ANONIMO
- Fecha : Martes 27 de Enero de 2009 18:18
- Tipo de Usuario :
- Descripción : amparo contra desaucio
- Visitas : 8,473
- Descripción : Copia y pega el texto de cada página en un documento de texto en tu computadora.
Pagina: 4
los artículos 119 inciso a), 120, 121 y 122 del Código Procesal Civil, ya que conforme a la primera de las normas mencionadas debe de notificarse personalmente el emplazamiento del demandado y la primera notificación, así mismo las responsables violaron lo dispuesto por el artículo 800 y 801 del Código Civil, los que establecen que el propietario de una cosa puede gozar y disponer con las limitaciones y modalidades que fijen las leyes y el artículo 801 establece que la propiedad no puede ser ocupada contra la voluntad de su dueño sino por causa de utilidad pública y mediante indemnización, siendo además un principio jurídico establecido por los artículo 760, 761 que es poseedor de una cosa el que ejerce un poder de hecho y además que posee un derecho el que goza de el, lo que sucede en este caso pues a virtud del contrato de arrendamiento mencionado el derecho de poseer el inmueble en cuestión entró en el patrimonio social de conformidad con lo que disponen los artículo 170, 171 y demás relativos del Código Civil los que regulan la Sociedad Conyugal, en consonancia con el artículo 182 que dice que el dominio de los bienes comunes reside en ambos conyuges mientras subsista la sociedad y es el caso de que existe la titularidad de un derecho derivado del mencionado contrato de arrendamiento de ocupar la finca mencionada dedicándola a los negocios comunes y como no se ha disuelto dicha sociedad conyugal, antes de haberse dictado sentencia debió habersenos oído y vencido en juicio. Y como en el caso que nos ocupa se nos pretende privar de la posesión de una finca sin que haya sido oída ni vencida en juicio y sin que se haya seguido las formalidades de los artículos del Código de Procedimientos Civiles ya mencionados.
Igualmente se violaron las disposiciones que rigen el Juicio Sumario Civil en el Código de Procedimientos Civiles, ya que conforme a estas normas, el demandado tiene la posibilidad de oponer excepciones, ofrecer pruebas e interponer recursos, derechos de los que se nos privó en la actual ocasión por lo cual resulta procedente consedérsenos el Amparo y Protección de la Justicia Federal.
La violación de las normas secundarias que han quedado transcritas es trascendente a una transgresión de las normas constitucionales contenidas en los numerales 14 y 16 pues se nos ha privado de defensa, y se nos preten