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RECURSO DE REVOCACION CONTRA RESOLUCION QUE DETERMINA CREDITOS FISCALES POR CONCEPTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y MULTAS
- Autor : VTorres
- Fecha : Lunes 28 de Mayo de 2018 21:53
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los de liquidacin, recaudacin, sancionadores e indiscutiblemente los actos de inspeccin o fiscalizacin, los que indubitablemente deben de acatar lo dispuesto por el artculo 16 Constitucional. 5.- La resolucin que se impugna, deriva de un crdito fiscal determinado de forma presuntiva el cual debe cumplir con lo dispuesto por el artculo 55 del Cdigo Fiscal de la Federacin, y toda vez que no me encuentro en alguno de los casos previstos en dicho numeral, la determinacin del crdito no se realizo conforme a derecho. De igual manera, resulta carente de validez pues pretende motivarse en afirmaciones cuyo contenido carece de veracidad, pues la determinacin de ingresos se hizo en base a "libretas econmicas", donde supuestamente se registran las ventas. Yo reconoc que en esas libretas se registraban las ventas efectuadas y que esas cifras son en miles de pesos. No obstante es de destacarse que con fecha _______________ se levant un acta administrativa en la Direccin de Responsabilidades. Quejas y Denuncias de la Unidad de Contralora Interna de esa Secretaria de Hacienda y Crdito Pblico, en el que se hizo constar que me obligaron a firmar dichas libretas, las que ya haban sido modificadas por los visitadores, acta que desde ahora ofrezco como prueba en el presente recurso. 6. Por otra parte es inconstitucional el secuestro de los llamados libros econmicos, la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, en virtud de que ese procedimiento no est permitido en el artculo 16 Constitucional dado que lo nico que permite la Ley Fundamental es que la autoridad administrativa practique una visita domiciliaria con la finalidad de exigir la exhibicin de los libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales. Lo que se autoriza es la realizacin de actos de molestia pero nunca el de actos de privacin como es el secuestro de la documentacin que indebidamente llevaron a cabo los agentes fiscales. 7. Se viola en mi perjuicio lo dispuesto por el artculo 46 fraccin IV prrafo tercero del Cdigo Fiscal de la Federacin, en la parte que ordena: Se tendrn por consentidos los hechos consignados en las actas a que se refiere en el prrafo anterior, si antes del cierre del acta final el contribuyente no presenta los documentos, libros o registros de referencia o no seale el lugar en que se encuentren, siempre que este sea el domicilio fiscal o